Escrito por:

Pereyra, Marcos Javier. Finalizando la Lic. en Ciencia Política en la Universidad Nacional del Litoral (Argentina). Enfocado en problemáticas laborales, dentro de esto las nuevas oportunidades del empleo verde asociados al desarrollo sostenible. [email protected]


Borjas, Mayra Rachel. Estudiante de segundo año en la Lic. Relaciones y Negocios Internacionales en la Universidad Gerardo Barrios, San M
iguel (El Salvador).  [email protected]

 

Con el transcurso del tiempo se ha podido observar que no es mucha la legislación presente respecto a la educación ambiental en la región de América Latina y el Caribe. Si bien, la problemática ambiental empezó a formar parte de la agenda parlamentaria, no son tantos los recursos financieros destinados, además, es poco el apoyo por parte de las autoridades correspondientes. Razones por las cuales se ha tomado a bien el analizar La Ley de Educación Ambiental de Argentina, además de hacer una pequeña comparación entre Centroamérica y el Cono Sur.

El ecosistema a nivel global está padeciendo las consecuencias del comportamiento irracional del ser humano. Planificar, desarrollar y ejecutar políticas que mitiguen el daño al medio ambiente se vuelve de gran importancia en la actualidad.

La puesta en marcha de un plan educativo que tome al medio ambiente como actor fundamental pareciera ser una acción reparadora interesante en este contexto. Argentina, a mediados de mayo aprobó por unanimidad en ambas cámaras el proyecto que reconoce a la Educación Medioambiental como un elemento central en los programas educativos, basándose en el artículo 41 de su Constitución Nacional y en la Ley General de Ambiente. Analizaremos la ley 27.621 que establece los mecanismos de implementación para la educación ambiental.

Ley de Educación Ambiental

En primer lugar, debemos tener en cuenta la definición que se le da a la educación ambiental a través de esta ley. Es una propuesta integral que busca generar en la ciudadanía valores, comportamientos y actitudes que ayuden a mitigar los daños medioambientales, promocionando el desarrollo sostenible como pilar para mejorar la calidad de vida de la población. La Ley de Educación Ambiental se rige a partir de principios que valoran al medio ambiente desde una perspectiva integral y multidisciplinar: se promueve la participación social en las políticas públicas medioambientales haciendo a los actores sociales parte fundamental del cambio en las condiciones de vida y la relación del ser humano con el ambiente, promoción del cuidado de los patrimonios naturales y culturales como de valores ambientales. 

El Desarrollo Humano Integral no sólo requiere de la implementación de políticas públicas sino de una activa participación comunitaria, donde la acción colectiva permita adquirir conciencia sobre la problemática ambiental, los daños ocasionados sobre la tierra y cómo esto repercute sobre la humanidad.

 Por eso, se puede considerar de gran valor la sanción de esta ley ya que promueve un desarrollo sustentable comprendido como un proyecto social, partiendo de una lógica distributiva que preserva la naturaleza, protege la salud y promueve una democracia participativa respetando la diversidad cultural. Por otro lado, va en la misma dirección que los acuerdos asumidos con la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas orientada a garantizar la sostenibilidad y medidas de acción relacionadas al medio ambiente.

La ley de Educación Ambiental se aplicará en todos los niveles educativos, desde los primeros años de estudio hasta en los programas de las carreras de estudio superior; en los programas de capacitación docente; en los entornos digitales de educación asociados al Ministerio; y en las áreas encargadas de dirigir la política educativa en las distintas jurisdicciones. También alcanza a la administración pública nacional y subnacional, a través de la Ley Yolanda, mediante capacitación a sus miembros junto a las áreas descentralizadas del Estado. Al mismo tiempo, los medios de comunicación públicos se ven alcanzados por esta medida y tienen el deber de generar una agenda de información ambiental respetando los contenidos establecidos por esta legislación. Todo esto se enmarca de acuerdo a la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA) que es el instrumento de Planificación Estratégica de la Política Nacional de Educación Ambiental (PNEA). 

En el presupuesto nacional una parte de los recursos asignados estarán vinculados para garantizar el cumplimiento de esta ley. Queda pendiente observar cómo se llevará a cabo su implementación a través de los diferentes organismos y ministerios federales como provinciales.

Los objetivos de la Educación Ambiental son: comprender a la misma desde una perspectiva histórica, dando lugar a la construcción de visiones críticas sobre la relación de la sociedad moderna con la naturaleza; facilitar el reconocimiento social de la complejidad de los conflictos ambientales, la comprensión multicausal e interdependiente desde una visión multiescalar; formar una conciencia ambiental desarrollando capacidades individuales y colectivas que reconozcan mecanismos de resolución a lo cual se le suma la idea de adoptar prácticas de producción y consumo sustentables. A la vez, se pretende integrar y tener en cuenta los saberes interculturales en la discusión local ambiental, promoviendo la inclusión del conocimiento de los pueblos indígenas (resaltando sus culturas), los especialistas en la temática medio ambiental y, por último, va en el camino de la construcción de una solidaridad ambiental y reparadora con los más afectados por los daños ocasionados. 

Por otro lado, también debemos destacar que esta ley propone la profesionalización de los recursos humanos asociados a la temática, la elaboración de materiales y su difusión, incluyendo contenidos transversales en la currícula escolar y la celebración del Día Mundial del Ambiente (5 de junio) y para generar un compromiso ambiental intergeneracional cada provincia deberá elaborar su plan de acción comunitaria.

En otras palabras, se observa cómo se garantizarán mecanismos asociados a la gobernanza promoviendo la participación no solo de los agentes gubernamentales en sus diversas áreas y sectores sino también llamando a la sociedad, movimientos sociales y grupos colectivos de diferentes identidades a cumplir un papel fundamental en el mecanismo de la aplicación y promoción de la educación ambiental. 

En último lugar, recuperando la agenda del Desarrollo Sostenible, esta ley es transversal y está vinculada directamente con el objetivo de poner fin a la pobreza, garantizar agua limpia y saneamiento, energía asequible y no contaminante, ciudades y comunidades sostenibles, producción y consumo sostenible y la acción climática. Además se vincula con el resto de los objetivos de manera directa. En fin, promociona un cambio de actitud y la adquisición de conciencia ambiental. 

Centroamérica y Cono Sur

En centroamérica se han realizado diferentes acuerdos y tratados donde se establecieron las obligaciones que cada Estado tiene con el Medio Ambiente, uno de ellos es el Derecho Ambiental en Centroamérica Tomo 1, donde se explica cómo se reforzarán los principios fundamentales de una ética ambiental y social de carácter planetario, además de desarrollar estrategias de implementación política y normativas coherentes, de trascender las soberanías estatales, pensando en un bien superior: el ambiente y el bienestar de la sociedad. 

Otro documento en el que Centroamérica y otros países participaron fue el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, este último fue celebrado en Costa Rica en el año 1989 y entró en vigencia el 14 de junio de 1990, en el mismo, Costa  Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, conscientes de la necesidad de establecer mecanismos regionales de cooperación para la utilización racional de los recursos naturales, el control de la contaminación y el restablecimiento del equilibrio ecológico, se unieron y realizaron esta cooperación regional donde se intenta dar solución a los problemas ecológicos. 

Ahora bien, algunos de los países de centroamérica se tomaron seriamente el cuidar el medio ambiente y dieron un paso más estableciendo leyes y programas específicos, tal es el caso de Costa Rica, que posee una Ley Orgánica del Ambiente (Ley 7554) desde 1995, con una reforma en 2010, esta ley otorga al Estado y a los ciudadanos de los instrumentos necesarios para conseguir un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. De igual forma establece un marco general de participación, evaluación de proyectos, reparación de daños al ambiente, además de una educación ambiental y responsabilidad. 

Guatemala es otro país que le ha dado importancia al cuidado del medio ambiente y posee una Ley de Educación Ambiental (decreto número 38-2010), la misma tiene por objeto incluir la educación ambiental permanente en el sistema educativo nacional, en los diferentes niveles, ciclos, grados y etapas del sistema escolar en sus distintas modalidades; en centros educativos públicos, privados y por cooperativas en el entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural.

En cuanto a Nicaragua, que tiene una ley denominada Ley General del Ambiente y los Recursos Naturales (Ley no. 217), la misma establece las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales que lo integran, asegurando su uso racional y sostenible, de acuerdo a lo señalado en la constitución política; así mismo Honduras cuenta con la Ley General del Ambiente (Decreto no. 104-1993) que constituye una gestión ambiental que permita la formación de una conciencia nacional y la participación de todos los ciudadanos en Honduras.

En El Salvador la única normativa vigente es la Ley del Medio Ambiente, de la cual han surgido otros proyectos de ley relacionados a la temática ambiental. Sin embargo, los actores políticos y los diferentes colectivos han suscitado poco interés en la materia.. Esto se relaciona a una existencia mínima de legislación y propuestas parlamentarias, sumado a la poca participación social exigiendo políticas públicas ambientales.

Hasta aquí Centroamérica pero, ¿Qué pasa en el Cono Sur? 

En primer lugar, Argentina hasta fines de la década del ochenta del siglo pasado las carreras de grados y posgrados no tenían como objetivo principal la formación en temas ambientales, por lo tanto carecían de profesionales que puedan desarrollar y educar en el resto de los ámbitos educativos. No obstante, en 1985 en Bogotá, Colombia, se había realizado el Primer Seminario sobre Universidad y Medio Ambiente en el marco de la Red de Formación Ambiental organizado por la UNESCO a través de su Programa Internacional de Educación Ambiental. Este programa fue el antecedente que motivó los primeros avances sobre la temática en la educación argentina. A través de la reforma constitucional del año 1994, en el artículo 41, Argentina reconoció la problemática ambiental enfocado desde el desarrollo humano, a lo cual se suma que en 1999 se empezó a dictar una especialización de Posgrado en Educación y Ambiente para el Desarrollo Sostenible, la primera a escala nacional y la tercera en el ámbito latinoamericano y el Caribe. Para el año 2006 en el marco de la Ley de Educación Nacional, tomó mayor impulso en todos los niveles educativos con el fin de promover valores, comportamientos y actitudes acordes al equilibrio y protección de la diversidad biológica. Lo que faltaba aún era legislar y darle un marco jurídico-formal a la Ley de Educación Ambiental, por lo cual creemos que se cierra un ciclo y abre la puerta para nuevos avances en los programas de formación educativa.

En América Latina, la educación ambiental es el resultado de la interacción de las experiencias populares, de la educación comunitaria y participativa, junto a la educación ecologista para la promoción del cambio social y los modos de desarrollo. La mayoría de los países de la región han aprobado, a lo largo de las últimas dos décadas, legislación para la implementación de la educación ambiental. 

Por su lado, Brasil cuenta con Ley de Educación Ambiental, sin embargo en los últimos dos años se han aprobado 57 actos legislativos que debilitan la legislación ambiental desarrollada hasta entonces. Entre estos podemos destacar el hecho de que dejó de ser obligatorio restaurar todas las áreas de preservación ambiental, aún siendo deforestadas ilegalmente. 

Paraguay, a través de la Ley Ambiental del año 2015, empezó a promover la educación ambiental y a partir del año 2018 se buscó darle un marco normativo. Al mismo tiempo, Uruguay, a través de la legislación de la protección del medio ambiente, ha impulsado la educación ambiental como uno de los instrumentos con los cuales cuentan en la gestión ambiental.

Por otro lado, debemos destacar que se han creado redes entre universidades nacionales de los países miembros del MERCOSUR a través de proyectos de investigación y extensión vinculadas al desarrollo sustentable. Teniendo en cuenta la importancia  de las innovaciones e investigaciones de las instituciones de estudios superiores sobre esta temática que aportan herramientas pedagógicas y educativas para las primeras instancias de aprendizaje, sumado a la participación de la sociedad civil y de los diversos actores colectivos (especialmente a los pueblos originarios). 

La institucionalización brindada a través de los marcos normativos y legales podrá permitir la consolidación de la educación basada en el medio ambiente, volviendo su enseñanza obligatoria y re-aprehendiendo las formas de relacionarnos con el hábitat y estableciendo nuevos paradigmas productivos, económicos y educativos.

Consideraciones finales

El análisis de la Ley de Educación Ambiental en Argentina nos lleva a cuestionarnos, ¿Cuál es el perfil de educación ambiental que hay en América Latina y el Caribe? 

Probablemente para algunos casos sea deficiente, en el sentido de que no hay  recursos financieros, además de la carencia de apoyo por parte de las autoridades correspondientes, y para otros tal vez sea abundante. 

Lo importante a destacar aquí es que el medio ambiente es patrimonio de la sociedad y que como lo indica Margaret Mead nosotros “no tendremos una sociedad si destruimos el medio ambiente”. Es por esa razón que se debe considerar a la educación ambiental como un derecho humano fundamental, de esta manera se involucraría a la sociedad en su conjunto y se podría mejorar el panorama, pues enseñar a cuidar el ambiente es enseñar a cuidar la vida misma.  

Los diferentes organismos multilaterales han avanzado en la agenda medio ambiental y promueven la participación e involucramiento de los Estados nacionales a aplicar políticas públicas donde la interacción de actores colectivos es vital para consolidar prácticas sociales y cambiar el paradigma del descarte por uno más asociado al buen vivir, cuidando el único lugar donde habitamos todos los seres vivos. Habrá que seguir profundizando y trabajando mancomunadamente entre Estados, sociedad civil, organismos multilaterales, ONGs y todos los agentes involucrados con la temática ambiental.