La OMC en sus primeros pasos hacia un acuerdo de comercio electrónico

Por Josefina Blasco Firpo, estudiante de Relaciones Internacionales. Universidad Nacional de Rosario, Argentina.  Contacto: [email protected]

Cita sugerida: Blasco Firpo, J. (21 de Octubre, 2024). La OMC en sus primeros pasos hacia un acuerdo de comercio electrónico.  [Columna de opinión]. Centro de Estudios Estratégicos de Relaciones Internacionales. URL: https://www.ceeriglobal.org/la-omc-en-sus-primeros-pasos-hacia-un-acuerdo-de-comercio-electronico/

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Introducción 

El rápido crecimiento de Internet ha impulsado cambios en los modelos de negocio y ha favorecido la expansión del comercio electrónico. A medida que las telecomunicaciones y las capacidades digitales continuaron su rápida evolución, el comercio electrónico se aceleró, ofreciendo nuevas oportunidades de crecimiento y desarrollo económico. Esto ocurrió tan rápidamente que se convirtió en una característica clave del comercio y los métodos de producción, tanto a nivel nacional como transfronterizo. Así,  el comercio electrónico ha pasado a ser uno de los principales temas en la agenda de los responsables de políticas a nivel nacional, regional e internacional/multilateral desde mediados de la década de 1990.

El comercio electrónico fue reconocido por primera vez en el contexto de la Organización Mundial del Comercio (OMC) durante la Segunda Conferencia Ministerial, en mayo de 1998, en Ginebra, donde los ministros adoptaron la Declaración sobre el Comercio Electrónico Global. En esta declaración, se pidió el establecimiento de «un programa de trabajo integral para examinar todas las cuestiones relacionadas con el comercio global electrónico, incluidas aquellas identificadas por los miembros». La Declaración agregó: “el programa de trabajo involucrará a los órganos pertinentes de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tomará en cuenta las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo, y reconocerá que también se están llevando a cabo trabajos en otros foros internacionales”[1].

El Programa de Trabajo sobre Comercio Electrónico de la OMC fue establecido por el Consejo General (CG) en septiembre de 1998. Definió el comercio electrónico como «la producción, distribución, comercialización, venta o entrega de bienes y servicios por medios electrónicos»[2].

Casi 20 años después de la Segunda Conferencia Ministerial de la OMC, el mundo está presenciando un crecimiento explosivo en las actividades de comercio electrónico. Este artículo busca ofrecer una visión general de las discusiones sobre el comercio electrónico en la OMC, con un enfoque en los últimos desarrollos bajo las Declaraciones Conjuntas y su progreso hacia la obtención de un resultado luego de la Decimotercera Conferencia Ministerial de la OMC (CM13), en Abu Dhabi, en 2024.

La Primera Iniciativa de Declaración Conjunta sobre Comercio Electrónico: Fase Exploratoria (diciembre 2017–enero 2019)

Esta fase comenzó tras la firma de la primera Iniciativa de Declaración Conjunta,  en diciembre de 2017, durante la CM11 en Buenos Aires. El 14 de marzo de 2018, se celebró la primera reunión para explorar las expectativas y enfoques de los Miembros respecto a las cuestiones de comercio electrónico. Los 71 signatarios incluían países desarrollados, economías en transición y países en desarrollo, así como dos países menos adelantados (PMA), Camboya y Myanmar. Nigeria fue el único país africano que firmó la Declaración Conjunta de 2017.

En 2018, los Miembros involucrados en esta iniciativa conjunta continuaron reuniéndose casi mensualmente. Se celebraron un total de nueve reuniones, donde se discutieron las propuestas y presentaciones de los Miembros con el objetivo de establecer y acordar la agenda para la fase de negociaciones[3].

Diversas propuestas para incluir temas en el marco de trabajo fueron presentadas tanto por países en desarrollo, como Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica y Singapur; así como por países desarrollados como Australia, Canadá, la Unión Europea, Japón, Nueva Zelanda y Estados Unidos. Entre los tópicos que presentados se encontraban cuestiones como infraestructura para el comercio electrónico, entorno comercial abierto/facilitación del comercio, pagos electrónicos y comercio sin papel, aranceles aduaneros, regulación interna, propiedad intelectual y código fuente, protección de la privacidad, seguridad en línea, localización de datos, intereses de los países en desarrollo y los Países Menos Adelantados, e inclusión, como la de las MIPYMES y las mujeres, entre otros [4].

Lo que dejó la CM14 en Abu Dhabi: un primer paso a la gobernanza global del comercio electrónico

El 26 de julio de 2024, se emitió la Declaración Conjunta sobre el Comercio Electrónico.  Este acuerdo plurilateral de comercio electrónico, liderado por Australia, Singapur y Japón como co-organizadores, ha sido respaldado por 91 países, que representan el 90% del comercio global. En él participan tanto economías avanzadas como emergentes, incluyendo a Estados Unidos, la Unión Europea (UE), China e Indonesia.

El marco establece 15 normas clave, basadas en principios de no discriminación, que abarcan áreas como la autenticación electrónica, la protección al consumidor en línea, la ciberseguridad y la protección de datos personales. El objetivo del acuerdo es armonizar los marcos legales de comercio electrónico entre los países firmantes, facilitando las transacciones electrónicas y aumentando la seguridad y confianza del usuario. Entre las normas, se incluyen medidas para promover el comercio electrónico, reforzar la confianza del consumidor y asegurar la protección de datos.

Este acuerdo es particularmente relevante para los países en desarrollo, ya que protege a las pequeñas empresas al evitar aranceles en las transmisiones electrónicas y reduce costos adicionales para los consumidores. Asimismo, facilita las transacciones electrónicas internacionales y simplifica los trámites burocráticos, impulsando el desarrollo de la economía digital.

Además, fomenta la inversión en sectores clave como las telecomunicaciones, asegurando regulaciones competitivas en terceros países.  Por otra parte, el acuerdo no solo regula el comercio digital global, sino que también promueve la inclusión y el desarrollo al ofrecer flexibilidad y apoyo técnico a los países menos desarrollados, facilitando las transacciones electrónicas transfronterizas y reduciendo las barreras al comercio digital.

A pesar de sus avances, el acuerdo ha enfrentado críticas y obstáculos significativos. Entre los temas más polémicos que se dejaron fuera del documento figuran las normas sobre flujos de datos transfronterizos, localización de datos y transferencia de códigos fuente, áreas impulsadas anteriormente por Estados Unidos, pero retiradas, en 2023, bajo la administración de Joe Biden.

Por otro lado, nueve países decidieron no respaldar el acuerdo, y se prevén desafíos para integrarlo en el marco legal de la OMC, ya que su aprobación requiere el consenso de todos los miembros. Países como India y Sudáfrica, contrarios a los acuerdos plurilaterales, podrían dificultar aún más este proceso. Los miembros de la OMC aún deben alcanzar un consenso y votar sobre el contenido y alcance del acuerdo. Por lo tanto, el mismo todavía se encuentra en una etapa operativa. Aunque aún no se ha finalizado, esta iniciativa sobre comercio electrónico, que también abarca temas como telecomunicaciones y desarrollo, representa un esfuerzo global significativo para adaptar y armonizar las normativas internacionales a las realidades del comercio digital.

Conclusiones 

La evolución del comercio digital, desde sus primeros días como una novedad hasta su papel central en la economía global, ha llevado a que los líderes mundiales reconozcan la importancia de establecer marcos regulatorios sólidos y accesibles para todas las naciones. 

La creación de un marco de 15 normas fundamentales basadas en principios de no discriminación, abarcando temas desde la autenticación electrónica hasta la protección de datos personales, no solo facilita el comercio entre naciones, sino que representa una invitación a la colaboración internacional. Sin embargo, alcanzar este hito no ha sido un proceso sin obstáculos. Los puntos de mayor controversia —como los flujos de datos transfronterizos, la localización de datos y la transferencia de códigos fuente— ilustran las tensiones entre la necesidad de una regulación que permita la libre circulación de datos y las preocupaciones de soberanía digital de ciertos países. 

Pese a los retos, este acuerdo de comercio electrónico es particularmente relevante para los países en desarrollo. La inclusión de elementos que favorecen la inversión en sectores estratégicos, como las telecomunicaciones, y la promoción de regulaciones competitivas en terceros países, refuerzan el compromiso de la OMC de construir una infraestructura digital accesible y equitativa.

Así, el acuerdo de comercio electrónico de la OMC no solo intenta regular un aspecto crítico de la economía moderna; también abre una nueva página en la historia del comercio global. Representa un esfuerzo significativo para adaptar las normas comerciales a las realidades del siglo XXI y refleja un intento de equilibrar los intereses de los países desarrollados y en desarrollo. El próximo paso será la aprobación y el consenso, un proceso que, si se logra, puede consolidar este marco como un modelo a seguir para futuras regulaciones internacionales en otros sectores clave de la economía global.

Este es un artículo de opinión. Las opiniones y contenido no reflejan o representan necesariamente la postura del CEERI como institución.

2024-10-21T12:08:18-03:00

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