Refugiados Climáticos: un desafío global urgente

Por Helen Pazmay Mora, Licenciada en Relaciones Internacionales, Universidad Internacional del Ecuador, Ecuador). Contacto: [email protected]

Grupo de investigación de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Línea de investigación de Movilidad Climática.

Cita sugerida: Pazmay, Helen. (18/06/2024). Refugiados Climáticos: un Desafío Global Urgente. [Artículo de opinión]. Centro de Estudios Estratégicos de Relaciones Internacionales. URL: https://www.ceeriglobal.org/refugiados-climaticos-un-desafio-global-urgente/

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  1. Introducción

Los refugiados climáticos representan uno de los mayores desafíos del siglo XXI, una situación emergente impulsada por los efectos adversos del cambio climático. Este fenómeno no solo implica un problema ambiental, sino también una crisis humanitaria y de derechos humanos que afecta a millones de personas en todo el mundo. 

  1. Definición de Refugiados Climáticos

De acuerdo con El- Hinnawi (1985), los refugiado climático son:

las personas que han sido forzadas a abandonar su hábitat tradicional, de forma temporal o permanente, a causa de una grave ruptura medioambiental (natural y/o de origen humano) que pone en peligro su existencia y/o afecta seriamente la calidad de sus condiciones de vida. Por ruptura medioambiental, se entiende todo cambio físico, químico y/o biológico en el ecosistema (o en los recursos básicos) que lo convierte, de forma temporal o permanente, impracticable para la vida humana.

La temática de refugiados climáticos se ha estado discutiendo desde 1985, donde por primera vez se definió el término de refugiado ambiental a nivel internacional dentro del informe del Programa de las Naciones Unidas (El-Hinnawi, 1985). Esto marcó varias de las consideraciones taxonómicas vigentes aún en el debate sobre el concepto. A partir de esta definición se establecieron tres elementos que enriquecen esta terminología.

En primer lugar, se establecieron los movimientos temporales que ocurren como consecuencia directa del estrés ambiental que producen generalmente industrias con alto impacto ambiental como como la minería y la extracción petrolera. Como una segunda categoría, se establecieron los movimientos permanentes, que requieran reubicación y que fueron ocasionados por la degradación medioambiental permanente e irreversible. La tercera categoría describe a los movimientos que se producen por cambios físicos, químicos o biológicos en el ambiente que se desarrollan de manera progresiva y que conducen a las personas a buscar una mejor calidad de vida (Bilsborrow,1992, como se citó en  Ferro, 2016, p. 75).

2.2. Interpretaciones del término refugiados climáticos

Uno de los primeros intentos de conceptualizar el término refugiado ambiental se basó en distinguir la gradualidad de los fenómenos ambientales que provocan la movilidad de las personas. Además, se generaron varias clasificaciones en torno a los desplazamientos, tomando en cuenta varios parámetros: sociales, económicos, políticos e institucionales. Académicos como Billsborrow (1992), McGregor (1994), Suhrke (1994) y Hugo (1996) encontraban un valor potencial en el concepto “refugiado ambiental”, mientras autores como Lonergan (1998) negaron su importancia (Ferro, 2016, p. 75).

Además, Myers (2012) ha escrito vastamente sobre la relación que hay entre el cambio climático y el desplazamiento de las personas. El autor plantea una relación entre la degradación de los suelos y surgen otras problemáticas medioambientales con la necesidad de las personas de  huir de sus hogares. En este sentido, el autor ha intentado documentar el problema, con el propósito de defender a los refugiados climáticos y luchar por su protección (McNamara, 2007, p. 477).

Otro debate destacado sobre los refugiados climáticos en las últimas décadas surge desde los académicos que se han preocupado por los problemas climáticos y de conservación. En este sentido, los estudios han tenido como finalidad comprender cuáles son los factores que provocan cambio climático y que determinan o causan los desplazamientos humanos tanto al interior de un país como a nivel transfronterizo (Bates 2002; Foley 1999; Townsend 2002; Leiderman y Hall 1993, 1996). 

  1. Algunas regiones afectadas

En el caso de los refugiados climáticos se establece una situación causal directa entre el cambio climático y el desplazamiento humano (ACNUR, 2020). Kiribati, una de las islas del Pacífico, por ejemplo, se han visto amenazadas por el cambio de temperatura y el aumento del nivel del mar, lo cual ha dado  como resultado la desaparición de algunas de ellas o la salinización del agua dulce y la tierra, tornándose inhabitables. Una de las grandes problemáticas que afectan a este territorio es la gran población de las islas, que, se estima, supera las  cien mil personas. Ante estas condiciones, muchos de los kiribatianos se han visto obligados a desplazarse hacia otros países, como Australia o Nueva Zelanda.

Adicionalmente, Kiribati a causa de su ubicación tiene una de las mayores limitaciones para la migración interna, debido a su extensión territorial limitada y que el país está rodeado de mar, como se puede observar en la Figura 1. En este sentido, Kiribati y Tuvalu consideran migrar a otros países como la única opción si su territorio se desaparece. Una estimación generada en 2011 (Fuente, cita).  menciona que 1,7 millones de personas se desplazarán de las islas del Pacífico para 2050 (Craig, Heywood y Hall, 2020, p.2).

Figura 1

Mapa de las islas del Pacífico

Fuente: Craig, Heywood y Hall (2020).

  1. Limitaciones de la Legislación Internacional

En el marco del derecho internacional, existe una división de posturas sobre la situación legal de los refugiados por motivos ambientales. Autores como Gordenker (2023) afirman que el marco jurídico actual sí protege a los eco refugiados. No obstante, la teoría realista asegura que los refugiados ambientales o eco refugiados no se encuentran amparados por la Convención de 1951, en la medida en esta acoge  únicamente a los desplazados por eventos ambientales naturales y no aquellos producidos por impacto humano.  Así, la definición de refugiado en el artículo 1 actualmente limita la capacidad de incluir todas las diversas realidades asociadas a los refugiados ambientales (Andrade, 2017, p. 97). 

  1. Rol de los Gobiernos y la Comunidad Internacional

La comunidad internacional, incluyendo a los gobiernos, organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, tiene un papel crucial en abordar el tema de los refugiados climáticos. En primer lugar, es esencial que se desarrollen y adopten marcos legales internacionales que reconozcan y protejan explícitamente a los refugiados climáticos. En segundo lugar, la falta de una definición y reconocimiento claros en el derecho internacional ha dejado a millones de personas sin protección adecuada (Corella, 2021, pp. 439-440). En tercer lugar, los países deben integrar la cuestión de los refugiados climáticos en sus políticas nacionales de migración y adaptación al cambio climático. Esto incluye la creación de programas específicos de visado y reasentamiento, así como el fortalecimiento de la resiliencia de las comunidades más vulnerables. 

  1. Conclusiones

La comunidad internacional podría profundizar en las especificidades de los fenómenos migratorios y crear políticas eficaces de migración climática. Esto, debido a que, expandir la perspectiva migratoria tiene el potencial de crear espacios más amplios de colaboración y diálogo sobre una política que incluya a todos los actores. Al igual que se deben considerar las variables económicas, sociales y culturales que moldean los condicionamientos y problemáticas particulares de los fenómenos medioambientales. 

La migración climática y los refugiados climáticos no es solo un desafío del futuro; es una crisis presente que afecta a millones de personas. Los gobiernos, organizaciones internacionales y la sociedad civil deben trabajar juntos para desarrollar políticas y medidas que aborden esta creciente emergencia humanitaria. Solo a través de la cooperación y la acción decidida podremos asegurar un futuro justo y sostenible para todos.

Referencias:

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Andrade, N (2017). Eco-refugiados un desafío para el Derecho Internacional. Revista del centro andino de estudios internacionales.

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Este es un artículo de opinión. Las opiniones y contenido no reflejan o representan necesariamente la postura del CEERI como institución.

2024-06-19T12:23:58-03:00

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