Sudáfrica

Sistema de gobierno: Parlamentario

Jefe de Gobierno: Matamela Cyril Ramaphosa

Fecha del primer contagio: 5 de marzo de 2020

Comunicación

El Departamento Nacional de la Salud de Sudáfrica habilitó un portal oficial de noticias y recursos online sobre el COVID-19 (https://sacoronavirus.co.za/). Dentro de este portal, se pueden encontrar distintas secciones como: información sobre las diferentes fases del aislamiento; las recomendaciones de higiene; todas las guías y regulaciones en materia de educación, turismo, hospitales, servicios, entre otros. También puede hallarse una categoría llamada “Noticias y comunicados de prensa” donde  el Ministro de Salud, Zwelini Mkhize, realiza relevamientos diarios sobre la situación del país frente al COVID-19. A su vez, dentro de esta categoría se puede acceder a los reportajes y discursos del Ministro Mkhize, varias noticias, testimonios de los equipos médicos, expertos y embajadores.

Por otro lado, se encuentran a disposición un Call Center y líneas directas abiertas para realizar consultas a todos los Departamentos gubernamentales, así también como los datos de contacto de todos los Ministros. Asimismo, se encuentra habilitado un servicio de ayuda en WhatsApp, el cual opera en cinco idiomas y en la primera semana de su lanzamiento fue utilizado por 1.5 M de ciudadanos.

Otro medio de comunicación que es utilizado por el Departamento de Salud es el Instituto Nacional de Enfermedades Contagiosas (NICD, https://www.nicd.ac.za/). Dicho un organismo público y nacional de Sudáfrica no sólo provee información sobre microbiología, virología, epidemiología e investigaciones públicas sobre la salud sino que también actualizaciones diarias sobre la situación del brote del COVID-19 en el país.

En lo que respecta a herramientas móviles, el Ministro de Salud anunció el lanzamiento de una aplicación llamada Health Check, la cual está diseñada para tomar la temperatura de sus usuarios. En suma, una nueva aplicación de rastreo se encuentra ahora habilitada en todo Sudáfrica, COVID Alert SA, finalidad es la de fortalecer la detección de fuentes de contagios y lo hace emitiendo un código cuando dos usuarios se aproximan entre ellos para luego guardar esta información. Luego, si se confirma un caso positivo se le pide al usuario que presente el historial de los usuarios que estuvieron próximos a él los últimos 14 días y se les envía automáticamente un mensaje con una alerta del contacto con el caso.

El Departamento de Salud lanza el programa de tramado digital llamado COVID SA travel system con el fin de ayudar a los viajeros que entran a Sudáfrica a responder a preguntas sobre su estado de salud y obtener un monitoreo previo antes de llegar a los puertos de entrada del país. Este programa consiste en un cuestionario que puede ser respondido desde cualquier dispositivo electrónico.

Abastecimiento de insumos

Debido a la alta demanda de insumos necesarios para hacer frente al brote del COVID-19, el Ministro de Salud Zweli Mkhize recibió 1000 respiradores donados por Estados Unidos para hacer frente a la pandemia. Adicionalmente, la distribuidora Channels Medical Solutions entregó más concentradores de oxígeno proveídos por China y Estados Unidos. Además, la ciudad de Johannesburgo recibió a 200 médicos cubanos que fueron enviados a las distintas provincias a través del Departamento de Salud. Por otro lado, en el mes de agosto, Zweli Mkhize recibirá a un grupo de expertos de la OMS para asistir en la respuesta de la República.

A finales del mes de abril, el Centro Internacional de Convenciones de Ciudad del Cabo (CTICC) acondicionó uno de sus edificios con el fin de proveer 800 nueva camas. En su página web, el CTICC menciona que el costo infraestructural de este nuevo espacio hospitalario temporal es de R47 millones, sin tener en cuenta el costo del equipo clínico, oxígeno, medicación y el equipo de salud.

Al ser la provincia del Cabo Occidental la que registra el mayor índice de casos de COVID-19 en todo el país, las grandes medidas fueron tomadas allí. Dentro de los esfuerzos realizados para paliar la pandemia se encuentra la apertura de otros centros, hospitales, unidades móviles como: Khayelitsha Testing & Triage Center, Mitchells Plain Testing & Triage Center, Khayelitsha Thusong Center, Brackengate Temporary Intermediate Care Facility, Old Mutual Quarantine & Isolation Facility, Groote Schuur Testing & Triage, entre otros. El gobierno provincial, en línea con lo mencionado anteriormente, lanzó una campaña de concientización financiada por el PEPFAR (Plan de Estados Unidos para Alivio del SIDA). Además, en la última semana de junio, frente al aumento de casos, se abrió la primera fase de un nuevo hospital en la provincia Cabo Oriental con financiamiento del gobierno alemán.

En adición, el Consejo Ejecutivo de Salud lanzó en esta provincia un nuevo programa llamado “Scooters Programme” el cual consiste en la provisión de motocicletas a trabajadores de la salud para que puedan acceder a las zonas rurales y así poder transportar a pacientes a la clínica más cercana. Debido a la falta de infraestructura, principalmente vial, las ambulancias solían enfrentarse a la dificultad de no poder acceder fácilmente a estas comunidades. Por ello, se diseñó esta propuesta con la finalidad de aumentar la capacidad de cuidado.

El Departamento de Salud y Asesoría Ministerial recomendó el uso de la dexametasona en los pacientes utilizando ventiladores o respiradores. Esta droga es manufacturada en Sudáfrica por una de las compañías farmacéuticas más grandes del país y la cual tiene una importante cantidad de insumos. El Presidente Cyril Ramaphosa señaló que al tener cerca de 300.000 ampollas de dexametasona en el territorio, los pacientes que la necesiten de forma intravenosa podrán acceder a ella.

Por otro lado, el Fondo Solidario realizó una inversión de R1.9 billones en el sistema de salud de las provincias de Gauteng, Cabo Occidental y Cabo Oriental con el fin de colaborar con el abastecimiento y fortalecer la capacidad del equipo médico. Dentro de este acompañamiento al gobierno para hacer frente a la escalada de casos, se encuentra la inversión en respiradores, concentradores de oxígeno y camas hospitalarias que serán asignados a distintos hospitales públicos.

Dentro de las actualizaciones en materia del progreso de la vacuna contra el COVID-19, la República se encuentra participando en el desarrollo del proyecto COVAX con el estudio de ChAdOx-1.

Comienzan pruebas con la vacuna contra el sarampión para comprobar si es posible otorgar cierta protección al personal que está trabajando en primera linea (personal médico) contra el SARS-CoV2, de igual forma, de llegarse a comprobar su efectividad, la vacuna del sarampión podría coadyuvar al robustecimiento de la protección que pueda brindar una futura vacuna contra el SARS-CoV2. Además, se llevan a cabo las pruebas en tercera fase de la vacuna denominada ChAdOx1 o AZD1222, perteneciente a AstraZeneca y Oxford, la cual, hasta ahora ha generado una respuesta inmune potente.

Por último, las compañías Pfizer y BioNTech comenzaron a enlistar a los candidatos para la prueba de fase III de su vacuna en contra del virus SARS-CoV2. Se trata de una fase que tendrá candidatos globales (Sudáfrica aportará 800 voluntarios) y donde se escogen especialmente aquellos que tengan complicaciones previas serias y crónicas como VIH o hepatitis B o C.

La Autoridad Sudafricana Reguladora de Productos de la Salud (SAHPRA), queda a la espera de que se sometan a su revisión los resultados de las cuatro vacunas probadas en Sudáfrica (AstraZeneca, Novavax, Johnson&Johnson, Pzifer/BioNTech) para ser pronto distribuidas una vez aprobadas. De igual forma, la misma autoridad exhorta a otros manufacturadores de vacunas someter a revisión dentro del país sus resultados.

Testeos

El Departamento Nacional de Salud de SA, junto con el Instituto de Enfermedades Contagiosas (NICD), la División de Salud Pública (of Surveillance and Response) y el Centro de Enfermedades Respiratorios y Meningitis (CRDM) elaboraron una guía para la detección de casos, el diagnóstico del SARS-CoV-2 y respuesta sanitaria sugerida para las autoridades. Dentro de la página del NICD, en la sección “COVID-19 Surveillance Reports” se encuentra un resumen semanal de la evolución de los testeos. Aquí, explican que el testeo para SARS-CoV-2 comenzó el 28 de enero de 2020 en la NICD. La red de unidades de testeo fue expandiéndose hasta abarcar más laboratorios privados y otros laboratorios NHLS.

Cabe añadir que, desde de la apertura de los vuelos internacionales a comienzos del mes de octubre, las aerolíneas (Emirates, por ejemplo) exigen un certificado con resultado negativo para COVID19 por medio de PCR expedido en un plazo no mayor a 72 hrs antes del vuelo para ingresar a Sudáfrica.

Por un lado, se determina que cualquier persona que presente una infección aguda (≤14 días) del tracto respiratorio u otra enfermedad clínica compatible con COVID-19 o sea asintomática pero haya estado en contacto estrecho con un caso confirmado, se someta al test.

Por otro lado, para la correcta recolección de muestras se aconseja la utilización de hisopos flocados (de nylon/poliéster) o de fibra (poliéster/rayón) con mango de plástico o aluminio. Luego, las muestras tomadas de la parte inferior del tracto respiratorio son el espécimen sugerido, dado que, es la zona que más concentración viral presenta. A su vez, se destaca que el hisopado nasofaríngeo es el más recomendado (a éste le siguen el nasal o el orofaríngeo). En lo que respecta al transporte y almacenamiento de estos instrumentos se sugiere la utilización del UTM (universal/viral transport medium) o de solución salina a 2-8 °C.

Cabe añadir que la técnica de laboratorio utilizada es la transcriptasa reversa en tiempo real (RT PCR), la cual, según comunica el informe, detecta el material genético viral del SARS-CoV-2. Los laboratorios usan varios de los ensayos de PCR en tiempo real para testear la presencia del RNA. El testeo molecular debe realizarse en un laboratorio BSL-2. Además, se advierte que un test realizado fuera del tiempo sugerido o bajo problemas técnicos específicos puede arrojar un resultado negativo en efectiva presencia del virus. Debido a la alta demanda, el Presidente anunció que la plataforma llamada Africa Medical Supplies Portal permitirá que todos los demás países africanos puedan acceder a insumos médicos, como kits de testeo, mediante precios competitivos y en cantidades suficientes.

La tasa de recuperación de las personas infectadas permanece en 90%. Por otro lado, la cantidad de pruebas realizadas asciende a casi cinco millones (4,852,918) y 772 nuevos casos se han registrado. La provincia con más nuevos casos es hasta ahora KwaZulu-Natal. Los casos positivos en todo el país se contabilizan en 727.595.

La Autoridad Sudafricana Reguladora de Productos de Salud (SAHPRA) autorizó para su aplicación un nuevo tipo de kit de pruebas que detectan componentes del virus (antígeno) a diferencia de las otras pruebas existentes en Sudáfrica (PCR y de Anticuerpos). Esta prueba asegura un resultado en 15 minutos y es más precisa durante la primera semana de infección. Las pruebas de antígenos autorizadas son dos: Abbott´s Rapid Antigen Test y SD Biosensor´s Rapid Antigen Test.

Al 9 de diciembre del 2020, los casos de nuevas infecciones por SARS-CoV 2 alcanzan los 828, 598, de los cuales 754, 658 se recuperaron, dejando la cantidad de 22,574 fallecidos en el país a causa de la COVID-19. Por otro lado, las pruebas realizadas para la detección de la enfermedad y del virus ascienden a más de cinco millones y medio, precisamente 5,690,263. La provincia más afectada es Eastern Cape y la menos afectada Limpopo, en cuanto al número de casos detectados se refiere.

Para el 20 de diciembre, la cifra de casos acumulados por infecciones de SARS-COV2 se contabilizan en 921.922, de los cuales 793.914 se han recuperado de la enfermedad. La primera cifra muestra un aumento significativo de 9.445 casos nuevos detectados la fecha correspondiente. Por otro lado, las pruebas realizadas para la detección del virus se cuentan en 6.140.839. En total, las muertes alcanzan el número de  24.691 personas finadas.

Equipo de asesoramiento al gobierno

La institución designada para comunicar los avances de la pandemia es el Departamento de Salud. Este se encuentra encabezado por el Ministro Dr Zwelini Mkhize, el Viceministro Joseph Phaahla y el nuevo Director General, el Dr. Sandile Buthelez. El mismo fue nombrado en su cargo el 1 de junio del corriente año por su trayectoria en el diseño de políticas para luchar contra el VIH/Sida en Sudáfrica y su participación en distintos organismos internacionales dentro del ámbito de la salud.

El Instituto Nacional de Enfermedades Contagiosas es la institución encargada de asistir al gobierno sudafricano en la planificación de políticas y programas para dar respuesta a las enfermedades contagiosas. En su sitio web presentan informes, estadísticas, lineamientos y otros recursos oficiales para asesorar a las autoridades.

Frente al aumento de la corrupción por parte de grandes compañías con respecto al abastecimiento de insumos esenciales para hacer frente a la pandemia, en el mes de julio se restauró el “National Prosecuting Authority”. Por otro lado, a principios de agosto se inauguró el “Ministerial Advisory Committee on Social Behavioural Change” con el propósito de coordinar esfuerzos de accionistas para colaborar con la respuesta gubernamental frente a la dispersión del virus. Además, con el propósito de mejorar la capacidad de respuesta, la OMS estará enviando durante el mes de agosto a 43 expertos de diferentes partes del mundo al territorio sudafricano para evaluar y asesorar a las autoridades de la República.

En último lugar, el ministro de Salud, Zweli Mkhize, ha anunciado la disolución del Comité Ministerial de Consulta sobre COVID-19, principal órgano científico de consulta para el gobierno en asuntos relacionados con la pandemia actual. Dicho Comité fue creado a principios del 2020 para asesorar directamente a Mkhize.   

Medidas

  • 15/03/2020 – Cantidad de contagios: 51 Sanitaria –  Se declara, a través del Acta de Gestión de Desastre (2002) el Estado Nacional de Desastre en Sudáfrica, el cual tiene una duración de 3 meses. Se restringe: la libertad de movimiento, las reuniones de más de 100 personas, el ingreso de personas provenientes de países de alto riesgo. Además, el individuo que presente síntomas deberá acceder a un test y en caso de ser positivo, deberá someterse a tratamiento y cumplir con el aislamiento. En suma, quienes hayan ingresado al país luego del 20 de febrero también deberán someterse al test. Por otro lado, se desalienta el uso del transporte doméstico y las escuelas deberán permanecer cerradas a partir del 18 de marzo. En el ámbito público, se deberán implementar todas las medidas de higiene dispuestas por el gobierno.
  • 18/03/2020 – 116 / cantidad de muertes: 0 – Fronteras – Medida portuaria que restringe la embarcación y desembarcación de pasajeros en todos los puertos. Se le sugiere a sudafricanos y personas residentes abstenerse de utilizar este medio de transporte. Todas las personas que desembarquen en los puertos deberán ser escaneadas. Se permite cargar y descargar bienes.
  • 18/03/2020 – 116/0 – Fronteras – Restricciones en el transporte aéreo que incluyen que la tripulación de vuelos provenientes de países en alto riesgo deba ser escaneada y cumplir una cuarentena de 21 días. Se restringe el ingreso a personas provenientes de China, Alemania, Italia, Irán, Corea del Norte, Reino Unido, Estados Unidos y Francia.
  • 18/03/2020 – 116/0Orden público – Se releva el Acta de Gestión de Desastres. Esta dispone lo siguiente:
    • Sanitaria – prohibición de las reuniones, las autoridades de seguridad puede detener a aquellos que no se dispersen, casos confirmados de COVID-19 o sospechosos sintomáticos deberán realizar la cuarentena.
    • Educativa – Todas las escuelas deben cesar sus actividades.
    • Sanitaria – Se suspenden las visitas por parte de familiares (o miembros en general) a las cárceles y centros de detención. Se limita la venta y transporte de alcohol. Se le indica a los diferentes Ministros su curso de acción a seguir frente a la pandemia.
  • 19/03/2020 – 150/0 Sanitaria – Acta para el sector de la Salud con el propósito de fortalecer los programas de salud del gobierno para luchar contra el COVID-19. Describe que entre los hospitales y otras facilidades de la salud deben coordinar que los pacientes sean ubicados de la manera más eficiente, a su vez, deben comunicarse entre ellos por los pacientes en terapia intensiva y cama de aislamiento. Asimismo, incita a las farmacias, laboratorios, patólogos y otros profesionales de la salud a coordinar esfuerzos para mitigar el impacto del COVID-19.
  • 19/03/2020 – 150/0Económica – Declaración del Ministro de Comercio e Industria, Ebrahim Patel, sobre nuevas regulaciones y direcciones para limitar la escalada de precios. En el documento, se establece que el margen neto de un bien o servicio no puede superar su valor del período trimestral previo al 1 de marzo de 2020, entre otras cosas. Además, explica que se penalizará a quien no acate dichas regulaciones.
  • 20/03/2020 – 202/0Orden Público – Acta para las Cortes Superiores donde se establece que personas implicadas en un caso tienen permitido asistir físicamente al recinto. Quienes no sean esenciales deberán consultar al Juez de la Corte. El testimonio de personas que están viviendo en el extranjero deberá ser obtenido a través de medios electrónicos.
  • 23/03/2020 – 402/0Económica – Declaración del Ministro de Comercio e Industria, Ebrahim Patel, sobre el sector bancario. En lo que respecta a los sistemas de pagos, señala que los cajeros deben permanecer abiertos, así también como todos los sistemas de pago electrónicos. Además, se regula cómo los bancos deben accionar frente a deudores, entre otras cosas.
  • 24/03/2020 – 554/0Económica – Regulaciones sobre las propiedades comerciales. El Ministro Ebrahim Patel prohíbe el desalojo de inquilinos de propiedades comerciales para todos los comercios pequeños e independientes, o para aquellos que estén autorizados por el Ministro de la Comisión de Competencia.
  • 25/03/2020 – 709/0Sanitaria – Aislamiento oficial decretado por el gobierno. Sólo se permiten los servicios esenciales. No se permite el movimiento de personas entre provincias, excepto por el transporte de bienes y situaciones excepcionales. Servicios esenciales pueden operar con restricción en sus capacidades y con fuertes medidas de higiene.
  • 26/03/2020 – 927/0Sanitaria/Transporte – Declaración del Ministro de Gobernanza Cooperativa y Asuntos Tradicionales, Nkosazana Dlamini-Zuma. Señala que todas las empresas y otras entidades deben cesar sus actividades excepto aquellos que estén involucradas en la provisión de un bien o servicio esencial. Además, todos los servicios ferroviarios se prohíben. Añade que los colectivos, taxis y servicios de “e-hailing” no deben superar el 50 % de su capacidad, entre otras cosas.
  • 26/03/2020 – 927/0 Fronteras/Sanitaria– Se prohíbe el anclaje de cruceros en todos los puertos y se implementan más medidas del sistema de monitoreo en estos puertos. También se mejorará el control higiénico y la esterilización de barcos a través de licenciados.
  • 26/03/2020 – 927/0Laboral – El Ministro de Empleo y trabajo, Thembelani Waltermade Nxesi, determina un esquema de pasos a seguir para los distintos empleados que se ven afectados frente a la situación del COVID-19. Estos recibirán ayuda económica en el caso que deban cesar sus operaciones. A su vez, aquellos empleados que deban permanecer en cuarentena también recibirán un beneficio económico. Para recibir estas ayudas, deberán realizar un proceso de aplicación.
  • 27/03/2020 – 1170/1Sanitaria – Acta sobre las exportaciones. El Ministro Ebrahim Patel enmienda una regulación vigente del 10 de febrero de 2012 para indicar que desinfectantes, barbijos, mascaras de gas, ciertas vacunas y otros compuestos van a ver su exportación restringida.
  • 27/03/2020 – 1170/1Social/Sanitaria – Habilita a toda la industria a coordinar con el Departamento de Salud y de Turismo para proveer facilidades a las personas en cuarentena. Incluye medidas de restricción de costos, entre otras.
  • 30/03/2020 – 1326/3Gobierno – Se enmienda un Acta de Gestión de Desastres del 2020 y se establecen nuevas condiciones para las entidades municipales frente a la emergencia del COVID-19.
  • 30/03/2020 – 1326/3Social – Regulaciones para el Departamento de Desarrollo Social, para la Agencia Social de Seguridad de SA y para la Agencia Nacional de Desarrollo y todos sus proyectos. Entre ellas, se describe que todos los servicios relacionados con el COVID-19 deberán proveer acceso a las personas con discapacidades. Las organizaciones del Departamento, las ONGs y aquellas organizaciones con fines solidarios deberán tomar todas las medidas de protección. Los centros de cuidados para niños no podrán expulsarlos de las instalaciones, tampoco podrán recibir visitas, entre otras cosas. Aplican las mismas medidas para los hogares de ancianos, hogares de personas con discapacidades y demás centros de servicio a la comunidad.
    • Género – Los hogares que refugien a víctimas de violencia de género no podrán ser expulsadas de las instalaciones.
  • 31/03/2020 – 1353/3Económica – Enmienda a un Acta de Finanzas Públicas del 1999 donde se exceptúa a ciertas instituciones de cumplir con ciertos plazos.
  • 31/03/2020 – 1353/3Gobierno – La Ministra de Ambiente, Barbara Dallas Creecy, enmienda regulaciones del Acta de Gestión del Desastre en materia de recepción de pedidos de licencias, participación pública, reportes y la gestión del servicio de manejo de los residuos.
  • 02/04/2020 – 1462/5Sanitaria – Enmiendas del Ministro de Gobernanza Cooperativa y Asuntos Tradicionales, Nkosazana Dlamini-Zuma sobre el aislamiento obligatorio en materia de movilidad social, sector de la salud, servicios, sector bancario, medidas financieras, comercio, etc.
  • 02/04/2020 – 1462/5Sanitaria – El Ministro de Turismo, Ms Mmamoloko Kubayi-Ngubane, MP, indica que todos los establecimientos del sector hotelero deberán permanecer cerrados al público general y seguir las indicaciones gubernamentales para la recepción de personas afectadas por el COVID-19.
  • 03/04/2020 – 1505/7 – Gobierno – Reglas tribunales para gestionar las quejas respecto a la alza de precios. Indica los pasos a seguir para elevar estas quejas y otras mociones ante tribunales.
  • 06/04/2020 – 1686/12Comunicación – Tecnologías de la Información y la Comunicación. Busca facilitar la diseminación de la información acerca de cómo enfrentarse a la pandemia, establece que deberá haber una respuesta nacional al terminar el Estado de Emergencia, además, los servicios gubernamentales deben seguir siendo provistos. También se dictan regulaciones sobre las tarifas, servicios televisivos, facilidades electrónicas, capacidad de las redes de internet o de datos, etc.
  • 08/04/2020 – 1845/18Sanitaria – Lineamientos para regular el uso de bienes y servicios utilizados para la esterilización, desecho de higiene, sanitización, medicación, desinfectantes, productos antibacteriales, distintos tipos de alcoholes, gazas, etc. A su vez, se determina que profesionales e instituciones de la salud deberán realizar reuniones y detallar lo tratado en cada una de ellas.
  • 15/04/2020 – 2506/25Sanitaria – La Ministra de Agua, Saneamiento y Asentamientos Humanos, Lindiwe Nonceba Sisulu, indica que el Centro de Comando Nacional de Desastre para el agua tendrá el control de tomar todas las medidas necesarias para prevenir la dispersión del COVID-19. Asimismo, se encargará de dirigir todas las autoridades de servicios de agua para cooperar con los oficiales del Centro.
  • 29/04/2020 – 5350/103Laboral – El Ministro de Energía y Recursos Mineros, Samson Gwede Mantashe, establece, entre otras cosas, que todos los empleados realizando actividades mineras deberán implementar las medidas apropiadas para proteger su salud y la de los demás trabajadores. Todas las medidas deberán ser organizadas por las autoridades de cada mina.
  • 30/04/2020 – 5647/103Orden público – Todas las personas que no se encontraban en su lugar de residencia o trabajo previo al período de aislamiento podrá, por una sola vez, volver a su lugar de residencia/trabajo y deberá permanecer en ese lugar hasta el anuncio de la fase 4.
  • 30/04/2020 – 5647/103 – Apertura/Transporte – Se permite el transporte de larga distancia entre provincias mediante taxis y colectivos autorizados durante el 1 de mayo y el 7 de mayo. Análogamente, las personas sólo podrán viajar una vez. Los taxis no deberán superar el 70% de su capacidad. Los transportes deberán cumplir con las medidas necesarias de higiene.
  • 01/05/2020 – 5951/116 – Apertura – Comienzo de la fase 4: flexibilización en el resto de los servicios esenciales: implicando un 100% de apertura en la actividad minera, toda la agricultura, servicios de reciclaje, servicios de correo, exportaciones, servicios financieros y profesionales, servicios de reparación de IT. Se permite caminar, correr y andar en bicicleta entre las 6:00hs y las 9:00hs, de manera individual y en un radio de 5km alrededor de tu lugar de residencia. El uso del barbijo en público es obligatorio.
  • 04/05/2020 – 7220/138Apertura – se proveen direcciones al sector creativo para filmar o producir contenido televisivo utilizando elenco local. Las producciones deberán cumplir estrictamente con los protocolos de seguridad y salud.
  • 04/05/2020 – 7220/138Apertura – se habilitan los vuelos chárter con las medidas de desinfección obligatorias, también se habilita el entrenamiento de aviación, entre otras cosas.
  • 04/05/2020 – 7220/138 – Orden Público – extiende la validez de las licencias y permisos para conducir.
  • 04/05/2020 – 7220/138 – Orden Público – se pospone el tratamiento de casos criminales y la resolución de casos civiles menores. Se incita a que se encuentren otros mecanismos para resolver las disputas civiles. También se detallan los procedimientos a seguir en todos los casos, civiles y criminales.
  • 04/05/2020 – 7220/138 – Apertura – Flexibilización de ciertas regulaciones portuarias. Entre ellas, que los marineros sudafricanos que se encuentran fuera del país puedan ser repatriados y deberán cumplir la cuarentena de 21 días. Además, se permitirá la evacuación de pasajeros desde los puertos, siempre y cuando se sigan todas las medidas.
  • 04/05/2020 – 7220/138 – Apertura – Colectivos, taxis y servicios privados de transporte están permitidos entre provincias y no deben ajustarse a restricciones de tiempo.
  • 05/05/2020 – 7572/148Orden Público – Enmienda a regulación vigente: bancos, instituciones financieras, la Asociación Bancaria de Sudáfrica, la Asociación de Pagos de Sudáfrica y la Asociación de Fondos e Inversión deberán registrar de manera escrita los acuerdos realizados en reuniones.
  • 05/05/2020 – 7572/148 – Comunicación – Enmiendas a las regulaciones sobre las Tecnologías de la Información y la Comunicación, donde se establecen excepciones. Entre ellas: los servicios televisivos podrán exceder sus cuotas de contenidos y publicidad debido a requerimientos por el Estado de Desastre. El Servicio Especial de Radiodifusión deberá extenderse hasta un mes termina el Estado de Desastre.
  • 06/05/2020 – 7808/153Apertura – Enmienda para el transporte público. Se permitirá el transporte público desde las 5:00hs hasta las 19:00hs y el conductor deberá asegurarse que el último pasajero descienda del vehículo para las 19:00hs.
  • 12/05/2020 – 11350/206  Apertura – Se permite la venta de autos y todo el funcionamiento de la cadena productiva, incluyendo los lugares de refacción automotriz.
  • 12/05/2020 – 11350/206 – Apertura – Comercios de ropa en general y de calzado tienen permitido retomar la actividad.
  • 14/05/2020 – 12739/238Apertura – Todas las operaciones de reciclado en Sudáfrica deben permitir operaciones de reciclado de papel, vidrio, metal, gomas y otros residuos. Los empleados que efectúen este trabajo deberán estar autorizados.
  • 28/05/2020 – 27403/577Apertura – Reuniones religiosas de no más de 50 personas estarán permitidas siguiendo todas las medidas de seguridad. De igual manera, las organizaciones religiosas deberán incentivar el uso de otras plataformas (online, redes sociales).
  • 29/05/2020 – 29240/611Apertura – La Ministra de Educación, Angelina Matsie Motshekga, anuncia que todas las escuelas e instituciones educativas, junto con profesores, alumnos y personal de trabajo podrán volver a sus actividades. Desde el 1 de junio podrán hacerlo los grados 7 y 12 y el año 4. A partir del 6 de julio, podrán retomar el resto de los niveles y modalidades, exceptuando los grados: 4, 5, 8 y 9, el primer año y los grados 4 y 5 de las instituciones SID, que lo harán a partir del 3 de agosto.
  • 30/05/2020 – 30967/643Apertura/Fronteras – Vuelos domésticos e internacionales continúan prohibidos pero se permiten los vuelos para repatriar ciudadanos.
  • 30/05/2020 – 30967/643 – Apertura – Servicios ferroviarios retoman su actividad y deberán sanitizar y desinfectar sus instalaciones.
  • 01/06/2020 – 34357/705Apertura – Comienzo de la fase 3: se permite el take-away, la venta de alcohol en determinado horario, los comercios de ropa y calzado hasta un 50% de su capacidad, servicios ferroviarios, venta de libros y otros productos para la educación, etc.
  • 05/06/2020 – 43424/908Gobierno  – Extensión del Estado Nacional de Desastre hasta el 15 de julio de 2020. Se declara que deben aumentar las medidas tomadas por los órganos gubernamentales que tengan como finalidad mitigar los efectos de la pandemia.
  • 08/06/2020 – 50879/1080Apertura – Los establecimientos de educación superior, ya sean privados o públicos, pueden retomar sus actividades. Toda persona que ingrese al campus educativo deberá ser monitoreada por el personal de la institución.
  • 11/06/2020 – 58568/1284Apertura – El Ministro de Deportes, Arte y Cultura, Emmanuel Nkosinathu Mthethwa, establece que se habilitan los partidos profesionales de deportes que no sean de contacto en los estadios, sin espectadores. Esto abarca: campeonatos nacionales, internacionales, ligas de clubes a nivel provincial y nacional.
  • 11/06/2020 – 58568/1284Apertura – Las instituciones de artes escénicas y los teatros pueden producir contenido y transmitir en vivo sin presencia de espectadores. Otros sectores creativos como la producción de comerciales o producciones televisivas también pueden reabrir bajo las mismas condiciones, además de fotógrafos, pintores, escultores, artistas gráficos, diseñadores, productores de música, centros de poesía en vivo, comedia en vivo, etc.
  • 11/06/2020 – 58568/1284Sanitaria – A partir del día de la fecha, el número de categorías de medicamentos que requieren de permisos de exportación se reducirá a 40. Las medicinas que no estarán sujetas a control de exportación incluyen: penicilina, antibióticos, hormonas y vitaminas (para uso veterinario), tetraciclina, cloranfenicol, trimetoprima, macrólidos, fluoroquinolonas, aminoglucósidos, entre otros.
  • 12/06/2020 – 61927/1354Apertura – El Ministro de Comunicaciones y Tecnologías digitales comunica la apertura de los sectores de tecnologías digitales y de comunicación. Entre ellos se encuentran: servicios de comunicaciones electrónicas, servicios de transmisión, agencias de publicidad, correos, servicios financieros y otros servicios bancarios.
  • 19/06/2020 – 87715/1831Apertura – El Ministro del Desarrollo de Pequeñas Empresas decretó la apertura de los servicios de cuidado personal. Dentro de esta categoría se incluyen: peluquerías, barberías, lugares de manicura y pedicura, centros de cuidado facial, estudios de maquillaje, centros de masaje, y locales para realizarse piercings y tatuajes.
  • 22/06/2020 – 101590/1991 – Orden Público – Acta de Ronald Ozzy Lamola, Ministro de Justicia y Servicios Correccionales donde explica las medidas a seguir para controlar, prevenir y combatir la expansión del COVID-19 en todos los centros correccionales y de prisión preventiva a nivel nacional. Los nuevos reclusos deberán ser escaneados según los protocolos establecidos y transitar una cuarentena de 14 días previamente a ser incluidos junto a los demás. Por otro lado, todo el personal del establecimiento y personal externo que ingrese deberá realizarse chequeos diariamente antes de ingresar. Además, los servicios comunitarios para las personas bajo libertad condicional se encuentran suspendidos así también como la visita de profesionales de la salud de servicios no esenciales.
  • 23/06/2020 – 106108/2012Educativa – Acta de la Ministra de Educación Básica, Angelina Matsie Mothsekga para detallar más en profundidad los lineamientos a seguir para la reapertura de escuelas y oficinas educativas a nivel nacional. Dentro de las nuevas medidas que se incluyen está que un responsable o miembro del mismo grupo familiar de una persona que no puede asistir a clases por un problema de salud (dentro de los que se encuentra ser positivo por COVID-19) deberá garantizar que el material de estudio provisto por la institución llegue a la persona en cuestión. Por otro lado, el alumno que  lo desee podrá recibir educación en su hogar durante este contexto siempre y cuando cumpla con ciertos requerimientos legales.
  • 25/06/2020- 118375/2292Apertura – Enmiendas al Acta de Manejo de Desastre durante la tercera etapa del aislamiento. Entre otras cosas, se habilita hacer ejercicio en un grupo de hasta 4 personas, se permite realizar conferencias y reuniones con propósitos de negocios de hasta 50 personas. Además, se permite la re-apertura  de las salas de cine y de los teatros con el mismo límite (el equipo de producción y elenco de los últimos no deben superar las 15 personas).
  • 26/06/2020 – 124590/2340 – Educativa – Regulaciones para el planeamiento de la reapertura de programas de desarrollo para la primera infancia y/o centros de atención parciales que proveen un servicio “después del colegio”. Todos los centros de primera infancia, patios de juegos, librerías de juguetes, entre otros, deberán permanecer cerrados. En suma, las instalaciones deberán entrenar y preparar a todo el personal, bajo las respectivas medidas de seguridad, con el fin de prepararse para la reapertura de este sector. A su vez, también pueden retomar las actividades los casinos, las actividades deportivas sin contacto, los museos, galerías, librerías y los restaurantes bajo los debidos protocolos.
  • 25/06/2020 – 118375/2292 – Económica / Sanitaria – Enmienda de la Comisión Administrativa de Comercio Internacional de Sudáfrica (ITAC) que provee el reembolso total de los impuestos aduaneros de bienes importados que hayan sido adquiridos con el propósito de mitigar el Estado de Desastre. Este reembolso no aplica a todo tipo de bien importado sino a aquellos especialmente comprados para aliviar una necesidad causada por la pandemia del COVID-19 o porque puede demostrarse que los productores domésticos no llegan a suplir la demanda de un bien necesario. Se puede encontrar en detalle qué ítems forman parte en el archivo “The List” publicado por el ITAC. Los certificados para obtener estos reembolsos se entregarán desde el mes de julio hasta septiembre.
  • 30/06/2020 – 151209/2657 – Gobierno – El Servicio de Ingresos de Sudáfrica (SARS) establece nuevas regulaciones para mejorar el sistema de atención al cliente. Entre ellas, recuerdan que existe una casilla de correo especial para responder a asuntos comerciales durante el estado de pandemia. Sin embargo, decretan que no se responderán correos dirigidos al personal específico de SARS a menos que estos hayan sido enviados inicialmente por uno de ellos. Describen, además, otras formalidades en cuanto a la escritura del correo y los plazos de respuesta.
  • 02/07/2020 – 168061/2884 – Fronteras / Transporte – Enmienda a las regulaciones vigentes para controlar, prevenir y combatir el contagio del COVID-19 en los servicios aéreos. Se establece que los vuelos internacionales continuarán prohibidos, excepto por los autorizados por el Ministro de Transporte y se detallan cuáles son los aeropuertos que se encuentran habilitados para los vuelos domésticos. Dentro de las actividades aéreas que están permitidas se detallan: aquellas necesaria para la agricultura (dispersión de semillas, etc), publicidad, vigilancia, rescate, paracaidismo, cosecha, entre otras.
  • 03/07/2020 – 177124/2952 – Gobierno – Nuevos lineamientos operacionales para las municipalidades. Se decreta que los servicios municipales deben adherirse a todas las prescripciones de salud pública y que las autoridades deben asegurar el cumplimiento de las regulaciones establecidas en cada municipio. Específicamente, deberán garantizar la adhesión de la comunidad a las normativas de distanciamiento social, reunión, salud y seguridad. Por otro lado, se indica bajo qué condiciones pueden reunirse las autoridades y otras entidades del gobierno.
  • 03/07/2020 – 177124/2952 – Apertura – Dentro de los servicios que puede brindarse durante la fase 3, se agrega: el registro de nacimientos, el registro de matrimonios y el trámite para aplicar a documentos de identidad habilitado para ciertas personas.
  • 06/07/2020 – 205721/3310 – Apertura – Regulaciones para el deporte, entrenamientos, partidos, etc. En particular, dentro de las nuevas medidas, se habilitan los partidos de todos los deportes que no sean de contacto, el entrenamiento para deportes que sí sean de contacto, la apertura de librerías, museos, galerías, cines y teatros que se encontraban cerrados. Para todo lo listado, se deberá garantizar el cumplimiento de los protocolos de seguridad. Con respecto al deporte, tanto el equipo como todo el personal que esté en contacto con los jugadores deberá realizarse el test de COVID-19 previo a la reinserción, entre otros requisitos. La apertura de los sitios mencionados anteriormente también se dará con restricciones, principalmente de tipo horarias y de capacidad máxima.
  • 07/07/2020 – 215855/3502 – Apertura – Nuevas fechas para la reinserción los grados/años educativos restantes. La próxima fecha de reincorporación es el 20 de julio y los designados para retomar la actividad son el tercer y décimo grado, los años finales de las escuelas para personas con autismo, y años y grados específicos para las escuelas categorizadas como “Schools with Learners with Severe and Profound Intellectual Disabilities”.
  • 10/07/2020 – 250687/3860 – Apertura – Retorno de actividades para los programas de infancia temprana y las facilidades de cuidado (de tiempo parcial). Dentro de los principales objetivos de estas medidas se encuentran: establecer una organización para que, de manera progresiva, los niños que asistían a estos centros puedan retomar sus actividades, garantizar el cumplimiento de los protocolos de seguridad en estos lugares e informar detalladamente bajo qué condiciones será el regreso a la actividad. Además, se aclara que cada niño que ingrese al establecimiento deberá pasar por un proceso de escaneo previo al ingreso. También se detalla la distancia y cómo deben estar organizados los espacios para reducir los riesgos de transmisión, entre otras cosas. Estas medidas se aplican tanto a establecimientos privados como a públicos.
  • 12/07/2020 – 276242/4079 – Sanitaria – Enmienda a las regulaciones vigentes para el manejo de los residuos humanos. En particular, se hace hincapié en el transporte, la importación, exportación y disposición final de aquellos desechos que estén infectados con COVID-19. Además, se destaca que toda persona en contacto con este tipo de desechos debe usar un equipo de protección personal y seguir los protocolos de higiene. A su vez, el documento señala cómo el personal debe proceder frente a un cuerpo para que éste, en su traslado, no genere un nuevo contagio. También se detalla cómo debe accionar una familia si la muerte ocurre dentro del hogar, entre varias cosas.
  • 12/07/2020 – 276242/4079 – Orden Público – Enmienda a las regulaciones vigentes sobre la fase 3 del aislamiento. En primer lugar, se decreta un toque de queda que exige que todas las personas deberán permanecer en sus domicilios entre las 21:00 hs hasta las 4:00 hs. Están exentas de esto aquellas que tengan el permiso correspondiente que las habilite a circular, desarrollen un servicio permitido o estén en emergencia de seguridad o médica. Los hoteles y espacios similares deberán prestar sus facilidades para turistas cumpliendo el aislamiento, trabajadores que lo necesiten y cualquier otra persona que necesite transitar su aislamiento allí. Se enfatiza el uso del barbijo y se detalla el retorno progresivo de otros servicios, siempre siguiendo las medidas establecidas para evitar la propagación del virus.
  • 13/07/2020 – 287796/4172 – Orden Público – Extensión del Estado Nacional de Desastre por COVID-19 hasta el 15 de agosto de 2020.
  • 17/07/2020 – 337594/4804 – Sanitaria – Medidas para prevenir y combatir la propagación del COVID-19 en el sector de la salud. Se incentiva la admisión de personal de salud nuevo adicional para ser asignado en áreas donde se necesiten trabajadores para realizar encuestas, hacer seguimiento de casos, brindar ayuda para los laboratorios o morgues, proteger la salud del ambiente, colaborar con el control en sitios oficiales de aislamiento, etc. Para ello, se requieren habilidades técnicas especiales para poder apoyar debidamente al Departamento de Salud e incrementar la capacidad de respuesta. En suma, se decreta que prestadores de servicios de salud ya retirados podrán ser contactados y requeridos para ocupar, temporalmente, puestos necesarios para mitigar la transmisión del COVID-19.
  • 17/07/2020 – 337594/4804 – Sanitaria – El tiempo de aislamiento para pacientes que resulten positivos por COVID-19  se reduce a 10 días (previamente era de  14 días). Esta reducción fue realizada siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
  • 22/07/2020 – 394948/5940 – Sanitaria / Transporte – Medidas para mejorar el control de la higiene y las facilidades para la desinfección en todos los vehículos de transporte, inclusive en las terminales y estaciones de trenes. Además se busca garantizar el acceso, la higiene y la desinfección de todos los vehículos de transporte así como el establecimiento de una capacidad máxima en cada uno de ellos. Por ejemplo, los colectivos pueden completar hasta el 70% de su capacidad para viajes de larga distancia dentro y entre provincias. Sin embargo, para los viajes de corta distancia, los transportes tienen permitido el total de su capacidad. Por otro lado, se decreta la extensión por 90 días de la validez de licencias de conducir de motocicletas que hayan vencido entre el 26/03/2020 y el 31/05/2020.
  • 22/07/2020 – 394948/5940- Transporte – Enmienda a las regulaciones anteriores para especificar la extensión de la validez de las demás licencias. En particular: las licencias de automóvil (de principiantes, profesionales y las temporarias) que hayan vencido entre el 26/03/2020 y el 31/08/2020 extienden su vigencia hasta el 31/01/2021. Para aquellos que tengan una licencia de motocicleta autorizada para el transporte de bienes, su licencia se extenderá hasta el 30/11/2020.
  • 23/07/2020 – 408052/6093 – Laboral – El Ministro de Trabajo y Empleo, Thembelani Waltermade Nxesi, dispone las compensaciones que deberían realizarse a un trabajador que contrae COVID-19 en el ámbito de trabajo. En primer lugar, se explica cómo es el diagnóstico para este tipo de situaciones y en qué puestos de trabajo es más o menos factible que un trabajador resulte infectado. Luego, se detallan los gastos que el empleador debe asumir en el caso de que uno de sus trabajadores presente daños colaterales a causa del COVID-19. Por último, se especifican cuáles son las compensaciones que tiene un trabajador frente a la posibilidad de contraer el virus (inclusive si resultara ser una víctima fatal) y los beneficios económicos de los que debería ser provisto.
  • 23/07/2020 – 408052/6093 – Educativa – Debido al creciente número de casos positivos, los establecimientos educativos deberán cesar sus actividades nuevamente desde el 27 de julio hasta el 24 de agosto con algunas excepciones. En adición, se anuncia que el año lectivo se extenderá y no finalizará cuando era previsto. El Ministro de Educación Básica será el encargado de proveer los detalles.
  • 27/07/2020 – 452529/7067 – Orden Público / Sanitaria – Medidas para regular los remates judiciales. Se establece que la capacidad máxima es de 50 personas y que ésta puede ser modificada por cuestiones espaciales con la finalidad de respetar los 1.5m de distancia entre personas. También, se explica que se le negará la entrada a cualquier personas que en los 14 días anteriores haya estado en contacto con un caso positivo de COVID-19. Además, se detallan otros lineamientos a seguir de acuerdo a los protocolos de salud e higiene.
  • 28/07/2020 – 459761/7257 – Orden Público / Sanitaria – Direcciones para mitigar la propagación del COVID-19 en el sector de la biodiversidad. Dentro de las enmiendas, se encuentra: la habilitación para viajar entre provincias con el propósito de la caza para obtener carne, las subastas de animales salvajes (junto con todos los detalles de cómo debe llevarse a cabo) y el recordatorio de que tanto zoológicos, acuarios y otras facilidades permanecerán cerradas.
  • 31/07/2020 – 493183/8005 – Laboral / Sanitaria – La Ministra de Agricultura, Reforma Agraria y Desarrollo Rural establece una serie de regulaciones para habilitar la subasta del ganado con el objeto de abastecer al sector agroalimentario. Sólo los propietarios del ganado podrán asistir a estas subastas y deberán hacerlo con la documentación correspondiente. Cabe añadir que dichos eventos se realizarán bajo estrictas inspecciones de higiene.
  • 31/07/2020 – 493183/8005 – Internacional – Extensión de la validez de las visas y permisos hasta el 31 de octubre de 2020.
  • 02/08/2020 – 511485/8366 – Educativa – Nuevas regulaciones frente al cese de las actividades del sector educativo. Se establecen los cursos de acción a seguir y se detallan las fechas y los grados escolares que podrán volver a las clases. En adición, también se indica que las escuelas seguirán abiertas para proporcionar los alimentos a los estudiantes que se encuentren bajo el “National School Nutrition Programme’, entre otras cosas.
  • 06/08/2020 – 538184/9604 – Sanitaria / Turismo – Mmamoloko Kubayi-Ngubane, Ministra de Turismo, realiza una serie de enmiendas a las regulaciones sobre los tours guiados. En primer lugar, se establece que el guía turístico debe disponer de los nombres completos y documento de identidad de sus clientes y debe poder facilitarlos en caso de ser necesario. Además, los guías tienen la obligación de: asegurarse que todos sus clientes utilicen barbijo durante todo el recorrido, sanitizar a sus clientes, asegurarse de que la capacidad de los vehículos utilizados durante el tour se encuentre según los límites establecidos, garantizar que todos los snacks proveídos a lo largo de la excursión estén debidamente desinfectados, entre otras medidas.
  • 06/08/2020 – 538184/9604 – Apertura – Adhesión de regulaciones por parte del Ministro de  Deporte, Arte y Cultura para el sector deportivo. En particular, se refuerzan las medidas de higiene y seguridad que los equipos/centros deportivos deben seguir para retomar sus actividades; se detalla cuánto personal (de seguridad, periodismo, televisión, comentaristas deportivos) es permitido durante los encuentros. A su vez, se explicita que los eventos internacionales que impliquen el traslado de personas hacia afuera de la República continúa prohibido. Por otro lado, los equipos profesionales que hayan retomado sus actividades desde que se habilitó el deporte -tanto el de contacto como el de no contacto- tienen un plazo de 14 días para presentar un plan detallado de cómo están adaptando sus actividades frente a los desafíos del COVID-19 (incluyendo todos los detalles de contacto de cada jugador/a, cronogramas, horarios, etc.)
  • 06/08/2020 – 538184/9604 – Social – Ms Lindiwe Zulu, Ministra de Desarrollo Social, emite una serie de enmiendas sobre las subvenciones por discapacidad. Entre ellas, se encuentra la extensión del pago de esta ayuda hasta el 31 de diciembre del 2020 (aquí se incluyen las subvenciones temporales, permanentes y de dependencia), el pago de un beneficio económico especial por COVID-19 orientado a aliviar a individuos que cumplan con algunas condiciones específicas, entre otras. La Agencia encargada de proveer esta última ayuda actualizará y revisará mensualmente la concesión de este beneficio y deberá comunicar su decisión a los beneficiarios.
  • 07/08/2020 – 545476/9909 – Sanitaria – Enmiendas del Ministro de Salud a las regulaciones vigentes para evitar la propagación del virus. Se establece que el plazo de aislamiento para los casos positivos por COVID-19 será ahora de 10 días. Si luego de este período no presenta fiebre y sus demás síntomas han mejorado, la persona podrá salir del aislamiento. Sin embargo, una persona que al terminar este período inicial de 10 días continúe con síntomas entre moderados y severos deberá aislarse otros 10 días para su completa recuperación (en caso de que no necesite que se le suplemente oxígeno). También se anuncia que un nuevo test no es requerido al terminar el aislamiento.
  • 07/08/2020 – 545476/9909 – Gobierno / Comunicación – Documento donde se introducen una serie de definiciones para esclarecer la comunicación entre las autoridades y la comunidad. En primer lugar, se definen los niveles de alerta. El nivel de alerta 1 indica una dispersión baja del COVID-19 y una alta preparación del sistema de salud. El nivel 2 indica la misma preparación del sistema de salud pero una dispersión más elevada (todavía moderada) del virus. El nivel 3 indica una dispersión moderada del virus y una preparación moderada del sistema de salud. El nivel 4 indica un nivel moderado a alto de dispersión y una preparación moderada a baja del sistema de salud. Por último, el nivel 5 indica una alta dispersión con una baja preparación del sistema de salud. A su vez, se refuerza el rol del Comité Ministerial Consultivo, un organismo creado por el Departamento Nacional de Salud para aumentar la capacidad de respuesta frente a la pandemia.
  • 07/08/2020 – 545476/9909 – Apertura – Reapertura de zoológicos, acuarios, facilidades para rehabilitación y santuarios únicamente para tours guiados y excursiones especiales. Estas medidas también aplican para los jardines botánicos.
  • 13/08/2020 – 572865/11270 – Laboral / Social – Medidas dictadas por el Ministro de Trabajo y Empleo donde se introduce la categoría de trabajador “vulnerable”. Estos son trabajadores que poseen alguna condición médica que los ubique en una posición más riesgosa en caso de contraer COVID-19 o que sean mayores de 60 años. De esta forma, los trabajadores que entren en esta categoría y que no tengan la posibilidad de trabajar desde sus hogares podrán recibir una ayuda económica durante un período determinado debido a su situación.
  • 15/08/2020 – 538653/11677 – Orden Público – Extensión del Estado Nacional de Desastre hasta el 15 de septiembre de 2020.
  • 17/08/2020 – 587345/11839 – Orden Público / Apertura – Se decreta la alerta del nivel 2 en la República. La misma entrará en vigencia a partir del 18 de agosto de 2020, sin embargo, el toque de queda continua entre las 10 pm y las 4 am. Se flexibilizan los encuentros sociales (se permiten los casamientos, los conciertos, eventos de entretenimiento, gimnasios, parques, restaurantes, bares, etc.). No obstante hay exclusiones específicas: los clubes nocturnos, los vuelos internacionales de esparcimiento, la presencia de espectadores en eventos deportivos, eventos deportivos internacionales, entre otras.
  • 18/08/2020 – 592144/12264 – Gobierno – Se aprobó la Estrategia Nacional de Adaptación para el Cambio Climático (NCCAS) la cual incita a una respuesta multisectorial del gobierno, el sector privado, organizaciones civiles y comunidades. Se establecen ciertas medidas a seguir para cumplir con lo propuesto por el Acuerdo de París, entre ellas, estrategias de mitigación para reducir las emisiones de carbono y de adaptación para preparar a la sociedad frente a los efectos del cambio climático. Dentro de los principales instrumentos se encuentra la futura creación del “Climate Change Bill” y una Comisión Presidencial del Cambio Climático que buscará coordinar la respuesta nacional e implementar impuestos sobre el carbono para incentivar a las compañías a reducir sus emisiones.
  • 20/08/2020 – 599940/12618 – Internacional / Transporte – Nuevas regulaciones portuarias, en este caso para la tripulación extranjera. Podrán desembarcar o embarcar sólo en los puertos de la Ciudad del Cabo y Durban. Dentro de las condiciones que deben cumplir se encuentra rellenar 96 horas antes un formulario del Departamento de Transporte, así como entregar una lista detallada de todos los miembros de la tripulación que a su vez especifique los cambios que se realizarán, entre otras cosas.
  • 25/08/2020 – 613017/13308 – Gobierno – El Ministro de Asuntos Domésticos, Dr Pakishe Aaron Motsoaledi, establece nuevas funciones a las que su Departamento se dedicará durante la alerta del nivel 2 del Estado de Desastre. En el documento se enlista que este Departamento procesará las aplicaciones para el documento de identidad o “Green Bar-coded identity Document” así como también otro tipo de aplicaciones específicas nacionales.
  • 25/08/2020 – 613017/13308 – Transporte – Medidas para el transporte aéreo. Los vuelos internacionales continúan prohibidos pero aquellos domésticos pueden efectuarse en una mayor cantidad de aeropuertos. Dentro de los permitidos se incluye a los aeropuertos de Phalaborwa, Pietermaritzburg, Richards Bay, Skukuza, Upington, entre otros.
  • 25/08/2020 – 613017/13308 – Apertura / Transporte – Regulaciones adicionales para el transporte público, privado y sus respectivas capacidades máximas. Los servicios de larga distancia intra-provinciales estarán permitidos en su capacidad máxima exceptuando a los minibuses y colectivos de larga distancia, los cuales deberán restringir su capacidad hasta el 70%. En el caso de los minibuses y colectivos de corta distancia, estos podrán operar en su máxima capacidad, mientras que los servicios ferroviarios sólo podrán cargar hasta el 70%.
  • 25/08/2020 – 613017/13308 – Apertura / Turismo – Enmiendas del Ministro de Turismo a los ordenamientos vigentes sobre los eventos sociales. Por un lado se encuentra que la cantidad de personas reunidas en un área autorizada no podrá exceder el 50% de su capacidad y el personal de seguridad deberá garantizarse que los individuos se encuentren, al menos, a un metro y medio de distancia del otro. Por otra parte, las excursiones autoguiadas estarán permitidas bajo el cumplimiento de todas las medidas exigidas. También se agregan regulaciones para bodas, exhibiciones y salones en general. Dentro de las principales pautas, los invitados o individuos que asistan a estos lugares deberán sanitizarse, ser escaneados y utilizar un tapaboca durante todo el evento (excepto para comer o beber).
  • 04/09/2020 – 635078/14678 – Orden Público – El Ministro de Justicia y Servicios Correccionales, Ronald Ozzy Lamola, refuerza las medidas vigentes para prevenir y combatir la dispersión del Covid-19 en todos los centros correccionales y las facilidades de detención en la República de Sudáfrica. Dentro de las direcciones se encuentra la suspensión de la libertad condicional por un día, la permisibilidad de ser reubicados o repatriados para aquellos presos extranjeros que finalicen su pena durante el Estado de Desastre, la obligatoriedad de escanear a los oficiales de los centros, así también como a todo el personal de servicio que ingrese al establecimiento.
  • 07/09/2020 – 638517/14889 – Social – Direcciones con los requisitos y condiciones para trabajadores que deseen aplicar a una ayuda económica gubernamental. Entre las principales cláusulas se explica que a los empleados que reciban menos de 3.500R de sueldo se les entregará la remuneración necesaria hasta llegar al valor anteriormente mencionado. En efecto, este beneficio estará vigente mientras que el país se encuentre bajo el Estado Nacional de Desastre.
  • 11/09/2020 – 646398/15378 – Educativa / Social – Nuevas regulaciones obligatorias para las tecnologías de la información y comunicación que entran en vigor desde el día de su publicación. Dentro de las más importantes, se encuentra que todos los servicios de comunicaciones electrónicas y servicios de red deberán proveer acceso gratuito a todos los sitios educacionales o informativos de COVID-19. Esto fue estipulado por el Departamento de Salud, el Departamento de Educación Básica y el de Educación Superior y Entrenamiento.
  • 11/09/2020 – 646398/15378 – Apertura / Orden público – Las personas con un interés material en un caso, como los litigantes, los acusados, los legales profesionales, testigos o personas que puedan ser necesarias para prestar apoyo al litigante, los testigos, incluidos los familiares y las personas que acompañan a los niños, las víctimas de violencia doméstica o de delitos sexuales, las personas con discapacidad y los medios de comunicación podrán ingresar a la sala de la corte, juzgado o punto de servicio de justicia. Cabe añadir que el funcionario judicial que presida deberá asegurarse de que el número de las personas en la sala del tribunal cumpla con las medidas de seguridad y con los requisitos de distanciamiento. Por otro lado, se prioriza el tratamiento de los siguientes casos: juicios de detenidos en espera de juicio que se encuentran bajo custodia; acusados de violencia de género y femicidio u de otras formas de delitos graves de contacto, acusados por corrupción o grave contravención de la regulación; así también como causas que estén listas para ser juzgadas; causas que deben inscribirse para la condena después de la sentencia; causas que se hayan visto parcialmente; y cualquier otro caso que el funcionario que preside considere necesario incluir en la lista de prioridades.
  • 11/09/2020 – 646398/15378 – Apertura – Nuevas disposiciones para el regreso gradual de los niños que, antes de la iniciación del aislamiento, asistían a un programa de desarrollo infantil o a una facilidad parcial de cuidado. Adicionalmente, también podrán retomar sus actividades las facilidades que brindaban un servicio after-school.
  • 15/09/2020 – 651521/15641 – Apertura / Educativa – Agregado de enmiendas para la apertura de las escuelas. Se enfatiza que los directores de las instituciones deben asegurarse que los profesores continúen con las evaluaciones a los alumnos y les provean de feedback sobre su evolución (a ellos mismos o a sus padres). Además, se recuerda que cuando un padre opte por no enviar a su hijo a la institución, deberá asumir la responsabilidad de monitorear su estudio. Esta excepción sólo aplicará durante 30 días.
  • 16/09/2020 – 653444/ 15705 – Transporte / Turismo – El Ministro de Transporte anuncia, a través de una enmienda a las medidas de transporte y servicios públicos, que los vehículos utilizados para las excursiones de safari podrán operar en su capacidad máxima.
  • 18/09/2020 – 657627/15857 – Apertura – Se declara la Alerta Nivel 1, la fase menos restrictiva del aislamiento social. Dentro de los protocolos obligatorios se encuentra el uso de la máscara facial/barbijo en todos los lugares públicos, el mantenimiento de la distancia de 1.5m y la adhesión a todos los demás protocolos de seguridad e higiene. A su vez, los teatros y los cines deberán limitar su capacidad al 50%, ciertas actividades como los clubes nocturnos, los eventos deportivos con espectadores y algunos pasos de frontera continúan cerrados. En suma, se insta a que todas las personas que tengan la posibilidad de trabajar desde sus hogares continúen así, aunque ya se encuentra permitido el retorno a los puestos de trabajo de forma presencial.
  • 22/09/2020 – 663282/16118 – Comunicación – Regulaciones para el sector de las telecomunicaciones donde se establece un nuevo código llamado “COVID-19 Short Code”. Este es el número “139” y su finalidad es la de asistir a las personas durante el Estado Nacional de Desastre. El Departamento de Salud explica que se podrá acceder a este servicio a través de un SMS o una llamada. Una vez finalizada la pandemia, el código será devuelto a la Autoridad Independiente de Comunicaciones.
  • 23/09/2020 – 665188/16206 – Apertura – El Ministro de Turismo, Ms Mmamoloko Kubayi-Ngubane, realiza una enmienda a las medidas tomadas con anterioridad sobre la capacidad máxima de los espacios recreacionales/turísticos. En primer lugar, redacta que un casamiento, exhibición o cualquier otro tipo de función, deberá limitarse a 250 personas en lugares cerrados o 500 al aire libre. De igual modo, deberán respetar el 50% de su ocupación, independientemente de si la cifra es menor al máximo habilitado. Por otro lado, los dueños u organizadores principales de un restaurante, conferencias, casamientos, casinos, etc, deberán mostrar un certificado de ocupación que establezca el número máximo de personas que la facilidad puede recibir.
  • 30/09/2020 – 608112/16734 – Apertura – El Ministro de Asuntos Domésticos, Dr Pakishe Aaron Motsoaledi, resuelve la apertura de las terminales terrestres, con excepciones listadas en un anexo. Además, se establece que durante la Alerta Nivel 1 ciertos servicios van a ser realizados por el Departamento de Asunto Domésticos. Entre ellos se encuentran: la aplicación para documentos de identidad, pasaportes y visas (incluyendo las categorías de visitantes, estudiantes, de trabajo, médica, de intercambio, etc). Por último, para quienes deseen efectuar un viaje de negocios, deberán presentar la documentación necesaria. También serán escaneados y deberán someterse a una cuarentena obligatoria excepto en el caso de presentar un certificado de COVID-19 negativo (<72 horas).
  • 01/10/2020 – 676084/16866 – Transporte – Nuevas enmiendas a las regulaciones portuarias vigentes. Se notifica que el cambio de tripulación sólo podrá efectuarse en el puerto de Cape Town y el puerto de Durban, además, se recuerda que el recibimiento de cruceros continúa prohibido excepto por aquellos que desembarquen ciudadanos sudafricanos o tripulación residente. En efecto, cualquier buque con pasajeros podrá desembarcar -y únicamente en los puertos mencionados- pasajeros que se dirijan directamente hacia el aeropuerto.
  • 01/10/2020 – 676084/16866 – Apertura – El Ministro de Turismo, Fikile Mbalula, decreta la apertura de los vuelos internacionales desde y hacia la República, así como también los vuelos domésticos dentro de la misma. Es por ello que, a partir del día de la fecha, todos los vuelos internacionales deberán cumplir con ciertas condiciones para operar. En primer lugar, servicios de ambulancia aérea o aviones sanitarios extranjeros podrán transportar pacientes positivos de COVID-19 bajo la autorización del Departamento de Salud y de Transporte y en estricto cumplimiento de todos los protocolos de higiene y seguridad. Por otro lado, tanto los pasajeros como la tripulación deberán utilizar máscara facial durante todo el vuelo (exceptuando a los niños menores a dos años). Asimismo, los pasajeros deberán entregar un certificado válido con el test por COVID-19 negativo (obtenido como máximo 72 horas antes de la fecha del vuelo), en caso contrario, no podrán embarcar. En adición, el documento detalla el protocolo a seguir en caso de que un pasajero presente síntomas durante el vuelo, todos los aeropuertos que se encuentran habilitados, entre otras cosas.
  • 01/10/2020 – 676084/16866 – Apertura / Transporte – A partir del día de la fecha, todos los servicios terrestres de transporte de pasajeros entre fronteras se encuentran habilitados, así también como el transporte de bienes importados o cargamento específico. Efectivamente, los conductores deberán utilizar máscara facial, sanitizar los vehículos y adherirse a todas las medidas de higiene y prevención de dispersión del virus.
  • 01/10/2020 – 676084/16866 – Apertura / Laboral – Con el propósito de lograr el retorno de los trabajadores a sus puestos presenciales, todo empleador deberá presentar una evaluación de riesgos para asegurar que está cumpliendo las medidas requeridas en el lugar de trabajo. Para ello, deberá elaborar un plan detallando cuáles serán las medidas de protección que se pondrán en marcha, junto con el horario que el establecimiento se encontrará abierto, una lista de sus trabajadores, un cronograma de sus actividades, etc. En adición, deberá garantizar y explicitar cómo se realizará diariamente el escaneo de los trabajadores y otras medidas procedimentales y administrativas.
  • 03/10/2020 – 679716/16938 – Apertura – Las restricciones a las reuniones religiosas dictadas el día 28 de mayo dejan de estar en vigencia.
  • 05/10/2020 – 682215/17016 – Educativa / Social – El Ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, Bonginkosi Emmanuel Nzmiande, resuelve un marco legal nacional a fin de aliviar los efectos del COVID-19 en el sector de la educación superior. Se hace especial hincapié en el año lectivo 2020 y el curso de acción a seguir. En primer lugar, se explica que el mismo se extenderá a la primera parte del calendario 2021 y quedará a cargo de cada institución educativa definir de qué manera organizarán sus respectivos calendarios. Por otro lado, la ayuda económica para estudiantes (NSFAS) deberá continuar siendo distribuida a todos los beneficiarios mientras dure dicha extensión del año académico. Cabe aclarar que esta ayuda económica colabora con el pago de expensas, alquiler y demás cuestiones de vivienda y alojamiento de los estudiantes.
  • 07/10/2020 – 685155/17248 – Sanitaria / Orden Público – Establecimiento de nuevos lineamientos para la regulación de subastas de bienes de la biodiversidad. El encargado del evento deberá informar a todos los concurrentes, con 48hs de anticipación, las medidas que se deberán respetar mientras la subasta se lleve a cabo. Entre ellas se encuentran: la inspección previa y posterior de los presentes, el límite de capacidad sujeto al 50% del espacio, el requerimiento de datos e información personal de los clientes, la desinfección del sitio donde se lleve a cabo la subasta, el uso de la máscara facial, etc.
  • 07/10/2020 – 685155/17248 – Social – Nuevas directivas de parte del Ministro de Desarrollo Social, Ms Lindiwe Zulu. Primeramente, se establece la extensión de las subvenciones temporales por discapacidad -que originalmente tenían su vencimiento en el mes de julio- hasta el 31 de diciembre de 2020. A su vez, el pago de las subvenciones por cuidado de dependencia también se extenderá hasta diciembre. Por otro lado, los centros de caridad denominados “drop-in centers” podrán recibir visitas, siempre y cuando, se respete la distancia social, se use protección personal y se haga un escaneo de los síntomas.
  • 07/10/2020 – 685155/17248 – Apertura – Directivas para la flexibilización de actividades artísticas, deportivas y culturales. Para su retorno, deberán adherirse a ciertas medidas con el fin de evitar la propagación del virus. No se encuentra permitido que los eventos tengan espectadores ni la participación de países con un alto grado de infección o transmisión del COVID-19, entre otras nuevas medidas.
  • 14/10/2020 – 696414/18151 – Orden Público – Extensión del Estado Nacional de Desastre hasta el 15 de noviembre de 2020.
  • 15/10/2020 – 698184/18309 – Económica – Presentación del Plan de Recuperación y Reconstrucción Económica de Sudáfrica ante el Parlamento. Este tiene el objetivo de reactivar e impulsar la actividad económica frente a los shocks de la pandemia del COVID-19. De esta manera, el Presidente Cyril Ramaphosa propone generar alrededor de 800.000 nuevos puestos de trabajo en el sector público y social, desarrollar un programa masivo de infraestructura a través de inversiones que suman 1 trillón de rands, incrementar la capacidad de generación de energía en el lapso de dos años, promover la industrialización y exportación a través de las empresas, entre otros.
  • 21/10/2020 – 708359/18741 – Apertura / Educativa – Angelina Matsie Motshekga, Ministra de Educación Básica, estableció la reapertura de las siguientes actividades sin contacto: entrenamientos, torneos interescolares y aquellas propuestas educativas de arte y cultura (sin espectadores). En efecto, se agregan una serie de medidas que deberán cumplirse con el objetivo de evitar la dispersión del virus. Entre ellas, se encuentra la limitación de la capacidad del evento (250 personas bajo techo, 500 personas si es al aire libre), el uso obligatorio de la máscara excepto durante el torneo u otras circunstancias particulares, la provisión de sanitizantes de mano, facilidades con agua y jabón, ventanas con la ventilación adecuada, etc.
  • 21/10/2020 – 708359/18741 – Apertura / Fronteras – Las 18 fronteras (terrestres) que se encontraban parcialmente operando volverán a operar en toda su capacidad. Además, aquellas 35 que continuaban cerradas seguirán sin actividad, excepto por Sani Pass, la cual reabrirá el 22 de octubre.
  • 23/10/2020 – 712412/18891 – Apertura – Publicación de 34 terminales terrestres que permanecerán cerradas durante el Alerta Nivel 1 bajo el Estado Nacional de Desastre. Entre ellas, se encuentran: Zanzibar, Platjan, Pontdrift, Stockpoort, Derdepoort, Swartkopfontein Gate, Bray, etc.
  • 01/11/2020 – 726823/19411 – Económica – Invitación a los sectores artísticos (audiovisual, artesano, diseño y de artes visuales) a la convocatoria para recibir el soporte económico de pequeñas empresas. El DSAC (Department of Sport Arts and Culture) junto con el DSBD (Department of Small Business Development) proveen una suma de 22.282.000R con el fin de auxiliar a aquellas organizaciones, empresas e individuos de los sectores mencionados anteriormente. Este dinero será distribuido a diferentes corporaciones y agencias desarrolladoras a lo largo del territorio nacional.
  • 02/11/2020 – 727595/19465 – Social – Lindiwe Zulu, Ministra de Desarrollo Social, decretó la extensión del vencimiento de la ayuda temporaria por discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2020. Asimismo, el beneficio económico especial por COVID-19, de unos R 350 por mes, se extenderá hasta el 31 de enero de 2021.
  • 10/11/2020 – 740254/19951 – Orden Público – Medidas que continuarán vigentes en los centros correccionales a pesar de encontrarse en la fase menos restrictiva del aislamiento: todos los nuevos internos que ingresen en determinado centro deberán ser escaneados, aislados por el período asignado y quedarán sujetos a las regulaciones de cada establecimiento. Por otro lado, las restricciones en cuanto a la distancia, visitas, uso de máscaras, entre otras, sigue vigente.
  • 11/11/2020 – 742394/20011 – Sanitaria / Orden Público – Extensión del Estado Nacional de Desastre hasta el 15 de diciembre de 2020.
  • 24/11/2020 – 772252/21083 – Apertura – El Departamento de Salud determinó la eliminación del escaneo doméstico en todos los aeropuertos internacionales. De todas maneras, las autoridades competentes deben asegurarse que los protocolos y medidas continúen cumpliéndose.
  • 27/11/2020 – 781941/21378 – Comunicación – Enmiendas a la regulaciones de las tecnologías de la información y comunicación efectuadas el 6 de abril de 2021. Se establecen nuevos plazos de vencimiento de licencias, así también como fechas límites en el pago de las cuotas de los servicios.
  • 03/12/2020 – 800872/21803 – Orden Público – Extensión del Estado de Desastre hasta el 15 de enero de 2021.
  • 03/12/2020 – 800872/21803 – Orden Público – El Municipio Metropolitano de Nelson Mandela Bay en la Provincia Oriental del Cabo fue declarada como área geográfica “hotspot” de COVID-19.
  • 03/12/2020 – 800872/21803 – Educativa – El Departamento de Salud junto con otras instituciones han autorizado el “plan ajustado de riesgo” en la Provincia Oriental del Cabo para dar inicio al período de verano de iniciación. De esta forma, las escuelas de iniciación (Ulwaluko) podrán retomar sus actividades siguiendo estrictas medidas de seguridad e higiene. Cabe añadir, que en el Municipio de Nelson Mandela Bay estas actividades no se retomarán.
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