Por Paula Petroli, Licenciada en Relaciones Internacionales, Universidad del Salvador (Argentina).

Cita sugerida: Petroli, P. (7 de febrero de 2024). Israel ante La Haya: El alegato de Sudáfrica [Columna de opinión]. Centro de Estudios Estratégicos de Relaciones Internacionales. URL: https://www.ceeriglobal.org/israel-ante-la-haya-el-alegato-de-sudafrica/

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El pasado 29 de diciembre, Sudáfrica presentó una demanda contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia, acusando al país de llevar adelante actos genocidas contra el pueblo palestino. Esta decisión sin precedentes abre la puerta a una serie de preguntas acerca del Derecho Internacional y el verdadero alcance de las organizaciones supranacionales a la hora de resolver conflictos latentes desde hace varias décadas.

Si bien al público general puede resultarle intrigante la intervención sudafricana en un conflicto que a primera vista no le afecta, es probable que a los profesionales de la política internacional este hecho no les parezca sorprendente. Sudáfrica, país íntimamente familiarizado con las nociones de genocidio y limpieza étnica, sabe muy bien lo que implica ser un Estado en el centro de la controversia y los debates en Naciones Unidas. No es necesario remontarse muy atrás en el pasado para recordar ejemplos de sanciones y dictámenes de los organismos internacionales y de muchos países particulares contra el régimen sudafricano que llevó adelante la política de apartheid. Si tomamos en cuenta las numerosas resoluciones de la ONU en contra de Israel desde el inicio del conflicto, no es difícil encontrar ciertas similitudes entre ambos Estados, a pesar de la enorme diferencia de contexto. En primer lugar, tanto el apartheid sudafricano como el conflicto palestino-israelí sucitaron fuertes reacciones de toda la comunidad internacional, tanto dentro del sistema de Naciones Unidas (con la larga lista de resoluciones adoptadas por sus distintos organismos) como en la sociedad civil, desde manifestaciones masivas en las vías públicas hasta proyectos de boycots a empresas que apoyaban a uno u otro régimen. Asimismo, hay quienes creen que Israel está llevando adelante una política de apartheid contra el pueblo palestino, mediante técnicas como el desplazamiento forzado y la desposesón.

Por otro lado, la acción judicial de Sudáfrica contra Israel surge semanas después de que el Secretario General de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, enviara una carta al Consejo de Seguridad invocando un poderoso artículo de la Carta de la organización, el artículo 99. Este artículo, que no había sido invocado en décadas, insta al Consejo de Seguridad a tomar cartas en el asunto. No obstante, con el sistema de vetos y la conocida posición estadounidense en este conflicto, es inevitable preguntarse hasta dónde estos esfuerzos pueden contribuir a un porvenir más pacífico.

Algo similar sucede en el caso de la demanda sudafricana ante la Corte Internacional de Justicia, ya que si bien las sentencias de la CIJ son vinculantes, definitivas e inapelables, el tribunal no tiene manera de garantizar el cumplimiento de sus dictámenes (como por ejemplo, en el caso de la sentencia contra la incursión militar de Rusia en Ucrania en 2022). Sin embargo, no hay que minimizar la importancia de un potencial fallo de la CIJ contra Israel. De ser así, sería la primera vez que la CIJ determina que un Estado ha cometido genocidio. Una sentencia de tales características podría tener implicancias económicas y políticas; además de militares, con ramificaciones que se extiendan hasta las relaciones bilaterales y multilaterales.

Entonces, ¿Qué es lo que debe probar el equipo de abogados que representan a Sudáfrica ante la Corte? A diferencia de otros conceptos del Derecho Internacional, el genocidio tiene una definición clara y precisa. Según la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito del Genocidio, para que un Estado o individuo sea culpable de tal crimen debe existir una “intención” de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Además, se debe cometer al menos uno de los siguientes actos: matanza a los miembros del grupo; lesión grave a su integridad física o mental; sometimiento del grupo a condiciones de existencia que acarrean su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; y/o traslado por la fuerza de niños de un grupo a otro grupo. Esto representa una labor monumental para el equipo legal, ya que deben considerarse décadas de evidencia, documentos y testimonios.

De este modo, mientras la demanda mantiene que los pilares del apartheid sudafricano se practican hoy por Israel, Israel niega tales acusaciones con firmeza. Aceptando comparecer ante la Corte, el estado judío ha afirmado que si hay actos genocidas llevándose a cabo, estos están siendo cometidos “contra” Israel, haciendo referencia a los ataques de Hamás hacia la población civil

Si bien la CIJ puede tardar años en anunciar su sentencia final en este caso, el pasado 26 de enero la Corte ordenó a Israel cumplir con las medidas cautelares solicitadas por Sudáfrica para evitar que se produzca un genocidio. Este fallo histórico tuvo repercusiones ambiguas, ya que mientras Sudáfrica celebró la orden, no consiguió que la CIJ pidiera un alto al fuego como había pretendido en un principio. Por otro lado, si bien Israel no encontró apoyo a su moción para que la CIJ desestimara el caso, uno de sus mayores miedos, verse obligado a un alto al fuego, no se volvió realidad.

En definitiva, aún queda abierta la pregunta acerca de si esta demanda será sólo otro capítulo en la historia del conflicto palestino-israelí o si llevará a que cambios trascendentales irrumpan en el escenario internacional. Teniendo en cuenta las acciones sin precedentes que se han desencadenado tras los ataques de Hamás en octubre del año pasado, es posible observar una tendencia de mayor polarización e involucramiento de la comunidad internacional en el conflicto.

En un contexto donde las guerras entre Estados entendidas en su concepto más clásico vuelven a hacerse habituales en el escenario internacional, los intereses económicos que se ven beneficiados con la proliferación de las armas y la violencia ponen en riesgo el primer y más básico derecho humano: la vida. En estas circunstancias, abogar por la paz es ahora más esencial que nunca.

Este es un artículo de opinión.

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